DECRETO 1576 DE 2003
(junio 11 )
por el cual se ejecuta una sanción.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 5º del Decreto 2163 de 1970, y
CONSIDERANDO:
Que mediante resolución número 1180 del 12 de abril de 2002, la Superintendente Delegada para el Notariado de la Superintendencia de Notariado y Registro, sancionó disciplinariamente al señor Iván Escobar Ramírez, con destitución del cargo de Notario Primero del Círculo de Chía, Cundinamarca;
Que el Superintendente de Notariado y Registro por Resolución 4042 del 12 de diciembre de 2002, al resolver el recurso de apelación interpuesto por el disciplinado confirmó la mencionada sanción. La sanción impuesta quedó debidamente ejecutoriada el 12 de diciembre de 2002, conforme a la constancia proferida en esa fecha por el Secretario General de la Superintendencia de Notariado y Registro;
Que el artículo 5º del Decreto 2163 de 1970, faculta al Gobierno Nacional para nombrar a los Notarios de Primera categoría;
Que corresponde al Gobierno Nacional, en su condición de nominador, hacer efectiva la sanción impuesta al señor Iván Escobar Ramírez,
Por lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º. Ejecutar la sanción de destitución del cargo de Notario Primero del Círculo de Chía, Cundinamarca, impuesta al señor Iván Escobar Ramírez, identificado con la cédula de ciudadanía 17107410 de Bogotá.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de junio de 2003.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fernando Londoño Hoyos.