DECRETO 1476 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 1476 DE 2004    

(mayo 11)    

por el cual se deroga el  Decreto 3796 de 2003.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las conferidas por los artículos 189 numeral 13 de la Constitución  Política de Colombia y 30 del Código Contencioso Administrativo,    

CONSIDERANDO:    

Que en virtud del  impedimento manifestado por el doctor Andrés Flórez Villegas, y aceptado por el  Ministro de Hacienda y Crédito Público mediante Resolución número 2358 de 19 de  diciembre de 2003, se expidió el Decreto  3796 del 26 de diciembre de 2003, por el cual se nombró al doctor Ricardo  Alarcón Gutiérrez, identificado con la cédula de ciudadanía número 79156606 de  Usaquén, como Superintendente Delegado para Emisores Ad hoc para conocer de las  investigaciones y procesos administrativos iniciados por la Superintendencia de  Valores contra el emisor de valores Complejo Turístico del Espinal,  “Turespinal”;    

Que mediante  comunicación 20045-216 de 5 de mayo de 2004, dirigida al Ministro de Hacienda y  Crédito Público, el Superintendente de Valores solicita derogar el Decreto  3796 de 26 de diciembre de 2003, teniendo en cuenta que el doctor Andrés  Flórez Villegas cesó en el ejercicio del cargo de Superintendente Delegado para  Emisores desde el pasado 26 de abril de 2004, con lo cual desaparece el fundamento  del decreto citado por ser el impedimento de carácter personal;    

Que como consecuencia de  lo anterior, la competencia para conocer de las investigaciones y procesos  administrativos iniciados por la Superintendencia de Valores contra el emisor  de valores Complejo Turístico del Espinal, “Turespinal” serán  reasumidas por quien ejerza como Superintendente Delegado para Emisores,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Derogar el Decreto  3796 del 26 de diciembre de 2003, mediante el cual se nombró al doctor  Ricardo Alarcón Gutiérrez como Superintendente Delegado para Emisores Ad hoc,  para conocer de las investigaciones y procesos administrativos iniciados por la  Superintendencia de Valores contra el emisor de valores Complejo Turístico del  Espinal, “Turespinal”.    

Artículo 2º. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 3796 de 2003.    

Publíquese y cúmplase.    

11 de mayo de 2004.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda  y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla  Barrera.    

               

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