DECRETO 147 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 147 DE 2004    

(enero 21)    

por el cual se aprueba la Planta de  Personal de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa.    

Nota: Modificado por el Decreto 4620 de 2010,  por el Decreto 1558 de 2010,  por el Decreto 1356 de 2008  y por el Decreto 2962 de 2007.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  las atribuciones que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de  Colombia y los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, presentó  al Departamento Administrativo de la Función Publica los estudios de que tratan  el artículo 41 de la Ley 443 de 1998 y los  artículos 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998,  modificado por el Decreto 2504 de 1998  para efectos de modificar su planta de personal el cual obtuvo concepto  favorable de ese Departamento Administrativo;    

Que la Junta Directiva de la Empresa Territorial para la  Salud, Etesa, en sesión del 19 de junio de 2003 decidió someter a la aprobación  del Gobierno Nacional la modificación de la planta de personal, de acuerdo con  el Acta de número 03 del mes de junio de 2003;    

Que para los fines de este Decreto la Dirección General de  Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,  otorgó certificado de viabilidad presupuestal,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Apruébase la Planta de personal de Empleados  Públicos de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, así:    

  Número  

   de cargos           Dependencia  y denominación del empleo       Código      Grado    

DESPACHO  DEL PRESIDENTE    

1 (Uno)            Presidente de Entidad Descentralizada        0015        25    

1 (Uno)            Asesor                                                     1020        15    

1 (Uno)            Secretario Ejecutivo                                  5040        23    

1 (Uno)            Conductor Mecánico                                  5310        19    

PLANTA GLOBAL    

1 (Uno)            Secretario General de Entidad Descentralizada         0037        22    

3 (Tres)           Vicepresidente de Entidad Descentralizada  0040        22    

1 (Uno)            Jefe de Oficina Asesora de Jurídica             1045        15    

1 (Uno)            Asesor                                                     1020        12    

Artículo 2°. Fíjase en treinta y cuatro (34) el número de  empleos de trabajadores oficiales al servicio de la Empresa Territorial para la  Salud, Etesa.    

Artículo 3°. El Presidente de la Empresa Territorial para  la Salud, Etesa, distribuirá los cargos a que se refiere el presente decreto,  mediante acto administrativo, y ubicará el personal teniendo en cuenta la  organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de  la entidad.    

Artículo 4°. La incorporación de los empleados públicos a  la planta de personal que se adopta en el presente Decreto se efectuará dentro  de los (30) días calendario siguientes a la fecha de su publicación.    

Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su publicación y deroga el Decreto  1606 de julio 30 de 2001.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 21 de enero de 2004.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de  las funciones del Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan Ricardo Ortega López.    

El Ministro de la Protección Social,    

Diego Palacio Betancourt.    

El Director del Departamento Administrativo de la Función  Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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