DECRETO 1405 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 1405 DE 2004     

(mayo 6)    

por el cual se suprimen  unos cargos de la planta de personal de las Residencias Femeninas del  Ministerio de Educación Nacional en Liquidación y se dictan otras  disposiciones.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y  legales en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Gobierno Nacional  expidió el Decreto  950 del 11 de abril de 2003, por el cual se suprime el establecimiento  público Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional y se ordena  su liquidación;    

Que Residencias  Femeninas del Ministerio de Educación Nacional en liquidación, presentó al  Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de  que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148  y 155 del Decreto 1572 de 1998,  modificado por el Decreto 2504 de 1998,  para efectos suprimir unos cargos de la planta de personal de esa entidad, el  cual obtuvo concepto favorable de este Departamento Administrativo;    

Que la Dirección General  del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,  otorgó certificado de viabilidad presupuestal,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Suprímense  de la planta de personal de las Residencias Femeninas del Ministerio de  Educación Nacional en Liquidación, los siguientes cargos:    

N° de Cargos                  Dependencia  y Denominación    Código     Grado 

                 del Empleo                            

PLANTA GLOBAL    

1 (Uno)      Profesional  Universitario         3020       07    

1 (Uno)      Técnico  Administrativo           4065       10    

1 (Uno)      Supervisor                         5105       12    

2 (Dos)      Auxiliar  de Servicios Generales 5335       06    

5 (Cinco)    Auxiliar  de Servicios Generales 5335       05    

1 (Uno)      Auxiliar Administrativo           5120       06    

Artículo 2° Los  empleados públicos de carrera administrativa que vienen prestando sus servicios  en las Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional en  Liquidación a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el  artículo 1° del presente decreto y que no sean incorporados directamente en la  planta del Ministerio de Educación Nacional, en razón al cumplimiento del Plan  de Protección Social de prepensionados de conformidad con las Leyes 790 de 2002 y 812 de 2003 y el Decreto 190 de 2003,  tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a empleo  equivalente de conformidad con lo consagrado en la Ley 443 de 1998, y en  los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con  sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 1568 y demás normas  vigentes sobre la materia.    

Artículo 3°. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente  el Decreto 2918 de 1997  y las demás disposiciones que le sean contra rias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  6 de mayo de 2004.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda  y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla  Barrera.    

La Ministra de Educación  Nacional,    

Cecilia María Vélez  White.    

El Director del  Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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