DECRETO 1277 DE 2003

Decretos 2003

DECRETO 1277 DE 2003    

(mayo 20)    

por el cual se ejecuta una sanción y se efectúa un encargo    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  sus facultades constitucionales y legales en especial de las que le confieren  el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y  los artículos 5° del Decreto 2163 de 1970  y 66 numeral 3 del Decreto  Reglamentario 2148 de 1983, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante resolución  número 3120 del 23 de junio de 2000, la Superintendente Delegada para el  Notariado de la Superintendencia de Notariado y Registro, sancionó  disciplinariamente con destitución del cargo de Notario Segundo del Círculo de  Tunja, Boyacá, al doctor Uriel Francisco Bonilla Currea;    

Que el Superintendente de  Notariado y Registro por Resolución 2722 del 8 de agosto de 2002, al resolver  el recurso de apelación interpuesto por el disciplinado modificó la decisión  anterior en el sentido de imponer sanción de suspensión en el ejercicio del  cargo por el término de seis (6) meses, la cual quedó ejecutoriada el 8 de  agosto de 2002, conforme a la constancia proferida en esa fecha por el  Secretario General de la Superintendencia de Notariado y Registro;    

Que el artículo 5° del Decreto 2163 de 1970,  faculta al Gobierno Nacional para nombrar a los Notarios de Primera Categoría;    

Que corresponde al  Gobierno Nacional, en su condición de nominador, hacer efectiva la sanción  impuesta al doctor Uriel Francisco Bonilla Currea y designar a la persona que  habrá de reemplazarlo durante su ausencia;    

Que con fundamento en la  documentación revisada el Ministro del Interior y de Justicia certifica que se  constató que la doctora Ofelia Fernández de Mosquera identificada con la cédula  de ciudadanía 34524784 de Popayán, reúne los requisitos exigidos en el numeral  2 literal a) del artículo 60 del Decreto 2148 de 1983,  para desempeñarse como Notaria de Primera Categoría en calidad de encargada;    

Por lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Ejecútase la sanción de suspensión en el  ejercicio del cargo de Notario Segundo del Círculo de Tunja, Boyacá, impuesta  al doctor Uriel Francisco Bonilla Currea identificado con la cédula de  ciudadanía 4171850 expedida en Moniquirá, Boyacá, por el término de seis (6)  meses contados a partir de la posesión del encargado.    

Artículo 2°. Encárgase de la Notaría Segunda del Círculo  de Tunja, Boyacá, a la doctora Ofelia Fernández de Mosquera identificada con la  cédula de ciudadanía 34524784 de Popayán, Cauca, por el término de seis (6)  meses.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de mayo de 2003.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior y de Justicia,    

Fernando Londoño Hoyos              

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