DECRETO 1273 DE 2003
(mayo 20)
por el cual se liquida la adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003, contenida en el Decreto número 996 del 22 de abril de 2003.
El Presidente de la República, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 780 de 2002, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003, el cual se liquidó por medio del Decreto 3200 de 2002;
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;
Que mediante Decreto número 996 de abril 22 de 1993, se adicionó el Presupuesto General de la Nación para la presente vigencia fiscal en la suma de cuatrocientos ochenta y un millones novecientos treinta y cuatro mil quinientos noventa y tres pesos ($4811.934.593) moneda legal;
Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación;
Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto,
DECRETA:
Artículo 1°. Presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003, en la suma de cuatrocientos ochenta y un millones novecientos treinta y cuatro mil quinientos noventa y tres pesos ($481.934.593) moneda legal, según el siguiente detalle:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
1. INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS 481.934.593
2. RECURSOS DE CAPITAL 481.934.593
Artículo 2°. Presupuesto de gastos. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 10 de enero al 31 de diciembre de 2003, en la suma de cuatrocientos ochenta y un millones novecientos treinta y cuatro mil quinientos noventa y tres pesos ($481.934.593) moneda legal, según el siguiente detalle:
ADICIONES PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
CTA. SUBC. CONCEPTO APORTE RECURSOS TOTAL
PROG. SUBP. NACIONAL PROPIOS
Sección 130900
SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMIA SOLIDARIA
C. PRESUPUESTO DE INVERSION 481.934.593 481.934.593
520 ADMINISTRACION, CONTROL Y 481.934.593 481.934.593
ORGANIZACION INSTITUCIONAL
PARA APOYO A LA ADMINISTRACION
DEL ESTADO
1000 INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO 481.934.593 481.934.593
TOTAL PRESUPUESTO SECCION 481.934.593 481.934.593
Artículo 3°. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del ingreso y del gasto.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 20 de mayo de 2003.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Roberto Junguito Bonnet.
DETALLE DE LA COMPOSICION DEL PRESUPUESTO DE RENTAS
3000 I INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS 481.934.593
3200 B RECURSOS DE CAPITAL 481.934.593
3260 DONACIONES 481.934.593
TOTAL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL 481.934.593
ADICIONES PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
CTA. SUBC. OBJG. ORD. CONCEPTO APORTES RECURSOS TOTAL
PROG. SUBP. PROY. SPRY. NACIONAL PROPIOS
Sección 130900
SUPERINTENDENCIA DE LA ECONOMIA SOLIDARIA
TOTAL 481.934.593 481.934.593
C. INVERSION 481.934.593 481.934.593
520 ADMINISTRACION, CONTROL Y 481.934.593 481.934.593
ORGANIZACION INSTITUCIONAL
PARA APOYO A LA ADMINISTRACION
DEL ESTADO
520 1000 INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO 481.934.593 481.934.593
520 1000 1 ASISTENCIA TECNICA Y FORTALECIMIENTO 481.934.593 481.934.593
DEL SISTEMA DE SUPERVISION DE
ENTIDADES COOPERATIVAS QUE
DEARROLLAN ACTIVIDADES DE
AHORRO Y CREDITO
25 DONACIONES 481.934.593 481.934.593