DECRETO 1264 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 1264 DE 2004    

(abril 26)    

por el cual se adiciona el artículo 5º del Decreto 1528 de 2002.    

Nota:  Derogado por el Decreto 4313 de 2004,  artículo 20.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le  confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y los  artículos 27 y 23 de la Ley 715 de 2001,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Adiciónase el siguiente parágrafo al  artículo 5º del Decreto 1528 de 2002:    

“Parágrafo. Las Universidades que cuenten con  facultades de educación o con instituciones educativas, se entiende que cuentan  con reconocida trayectoria para los efectos del presente decreto.”    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de  su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de abril de 2004.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

La Ministra de Educación Nacional,    

Cecilia María Vélez White.    

               

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