DECRETO 1240 DE 2003
(mayo 19)
por el cual se delegan unas funciones constitucionales
Nota: Modificado por el Decreto 1270 de 2003.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República se trasladará entre los días 22 y 24 de mayo de 2003, a la ciudad de Cuzco, República del Perú, con el fin de asistir a la XVII Cumbre de Jefes de Estado del Grupo de Río; continuando el día 25 de mayo de 2003 a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, a la Transmisión de Mando Presidencial del señor Néstor Kirchner;
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro de Justicia y del Derecho, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,
Nota: El Decreto 1270 de 2003, artículo 1º, dice: Modifícase el Decreto 1240 de 2003 en el sentido de que el Presidente de la República se trasladará a la Ciudad de Cuzco (República del Perú) entre los días 22 y 24 de mayo del año en curso, con el fin de asistir a la XVII Cumbre de Jefes de Estado del Grupo de Río; continuando los días 25 y 26 de mayo de 2003 a la ciudad de Buenos Aires (Argentina), a la Transmisión del Mando Presidencial del señor Néstor Kirchner.
DECRETA:
Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro de Justicia y del Derecho, doctor Fernando Londoño Hoyos, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos:
1. Artículos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2; 303, 304 y 314.
2. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
3. Artículos 163, 165 y 166.
4. Artículos 200 y 201.
5. Artículos 213, 214 y 215.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de mayo de 2003.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ