DECRETO 1160 DE 2003

Decretos 2003

DECRETO 1160 DE 2003    

(mayo 8)    

por el cual se acepta un impedimento y se nombra un Ministro  de Hacienda 

  y Crédito Público ad hoc.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de  las facultades que le confiere el artículo 8° de la Ley 63 de 1923 y,    

CONSIDERANDO:    

Que el Consejo de Ministros en sesión del 21 de abril de  2003, con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada  consagrado en el artículo 8° de la Ley 63 de 1923, aceptó el impedimento  manifestado por el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Roberto  Junguito Bonnet, para integrar el Comité Nacional de Cafeteros que deberá  decidir sobre la participación accionaria que actualmente tiene el Fondo  Nacional del Café en Alianza Summa, con base en el hecho de que su hijo se  encuentra actualmente laborando en la Empresa Colombiana Valores Bavaria S. A.,  organización que posee acciones en Alianza Summa;    

Que el artículo 8° de la Ley 63 de 1923 dispone que en caso  de que el Ministro recusado o cuyo impedimento fuese aceptado, hubiere de  separarse del conocimiento del negocio será el Presidente de la República quien  adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera de los Ministros del  Despacho,    

DECRETA:    

Artículo 1º. Nómbrase como Ministro de Hacienda y Crédito  Público ad hoc al doctor Jorge Humberto Botero, Ministro de Comercio,  Industria y Turismo, para que participe, conozca y decida como integrante del  Comité Nacional de Cafeteros en las decisiones que este deba adoptar sobre la  participación accionaria que actualmente tiene el Fondo Nacional del Café en  Alianza Summa.    

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha  de su expedición.    

Comuníquese, publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D .C., a 8 de mayo de 2003.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *