DECRETO 1111 DE 2003
(mayo 6)
por el cual se honra la memoria de Gilberto Echeverri Mejía, Guillermo Gaviria Correa y unos miembros de las Fuerzas Armadas.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades y
CONSIDERANDO:
Que balas asesinas segaron las vidas de Gilberto Echeverri Mejía Ex ministro de Estado, Ex gobernador de Antioquia y Consejero de Paz de Antioquia, Guillermo Gaviria Correa Gobernador de Antioquia, Alejandro Ledesma Ortiz Teniente de Fragata de la Armada, Wagner Tapias Torres Subteniente del Ejército, Héctor Lucuara Segura Sargento Viceprimero del Ejército, Francisco Negrete Mendoza Cabo Primero del Ejército, Yersino Navarrete Sánchez Cabo Primero del Ejército, Mario Alberto Marín Franco Cabo Segundo del Ejército, Manuel Cote Cote Cabo Primero del Ejército, y José Gregorio Peña Guarín Cabo Primero Infantería de Marina;
Que estas personas vilmente asesinadas por las FARC, cada una a su manera, dedicaron sus vidas a lograr la paz para todos nosotros;
Que el Ex Ministro de Estado, Ex Gobernador de Antioquia y Consejero de Paz de Antioquia, Gilberto Echeverri Mejía con su risa franca y un entusiasmo desbordante, dedicó su vida a promover la reconstrucción del tejido social, a propiciar la formación del conocimiento colectivo a través del diálogo, y a inventar derroteros inéditos sembrados de esperanza, para arribar a un país más justo, a una Colombia generosa para todos que, por indispensable, le resultaba necesariamente posible;
Que Gilberto Echeverri Mejía fundó cada acto de su vida no en el miedo a la muerte, sino en su inquebrantable fe en el hombre y en el respeto por su dignidad, principios que le permitían llegar de una manera cálida muy adentro del corazón de quienes se le acercaron, y lo llevaron a construir un puente entre la Fuerza Pública y la Sociedad Civil y a iniciar con aquella un proceso de cultura en Derechos Humanos que hoy da sus frutos;
Que el doctor Echeverri Mejía dejó como herencia a las generaciones presentes y futuras los conceptos que definieron su visión del mundo basada en el servicio a los demás, la conciencia de su responsabilidad social como hombre público y como ciudadano, la lealtad y la alegría de vivir para hacer de la patria un territorio donde todos pudieran convertir en realidad los sueños y donde el hombre fuera el fin y no un medio del quehacer político;
Que el Gobernador Guillermo Gaviria Correa demostró con su tesón la fidelidad a los principios de la no violencia en que siempre creyó y a través de los cuales se propuso alcanzar los objetivos del Plan Congruente de Paz para Antioquia encaminado a desterrar todas las formas que asumen la exclusión y la inequidad;
Que el doctor Guillermo Gaviria Correa dejó como herencia a las generaciones presentes y futuras su capacidad para romper con la pasividad y para vincular a la comunidad entera en la búsqueda de una dimensión social fundada en una ética ciudadana creativa y solidaria que construye y enriquece la cotidianidad a través del reconocimiento del otro;
Que la entereza del carácter de los servidores de Colombia a cuya ausencia no nos resignamos y sus calidades como seres humanos integrales dejaron una huella imborrable en el alma de sus conocidos, sus amigos y sus familias;
Que la desaparición de estas víctimas inocentes de la violencia priva a la patria de unos de sus mejores y más valerosos hijos;
Que es deber del Gobierno Nacional honrar la memoria de quienes han servido a Colombia y le han mostrado nuevos horizontes como lo hicieron Gilberto Echeverri Mejía y Guillermo Gaviria Correa y de los siete integrantes de las Fuerzas Armadas de Colombia quienes asumieron como su vocación la defensa de sus conciudadanos y cuya memoria permanecerá en el alma de sus conciudadanos que hoy lamentan su deceso,
DECRETA:
Artículo 1°. El Gobierno Nacional expresa su profundo pesar por la desaparición de Gilberto Echeverri Mejía Ex ministro de Estado, Ex gobernador de Antioquia y Consejero de Paz de Antioquia; Guillermo Gaviria Correa Gobernador de Antioquia, Alejandro Ledesma Ortiz Teniente de Fragata de la Armada, Wagner Tapias Torres Subteniente del Ejército, Héctor Lucuara Segura Sargento Viceprimero del Ejército, Francisco Negrete Mendoza Cabo Primero del Ejército, Yersino Navarrete Sánchez Cabo Primero del Ejército, Mario Alberto Marín Franco Cabo Segundo del Ejército, Manuel Cote Cote Cabo Primero del Ejército, y José Gregorio Peña Guarín Cabo Primero Infantería de Marina.
Artículo 2°. Para que perdure y sirva de ejemplo para las nuevas generaciones exáltase la memoria de Gilberto Echeverri Mejía Ex ministro de Estado, Ex gobernador de Antioquia y Consejero de Paz de Antioquia, Guillermo Gaviria Correa Gobernador de Antioquia, Alejandro Ledesma Ortiz Teniente de Fragata de la Armada, Wagner Tapias Torres Subteniente del Ejército, Héctor Lucuara Segura Sargento Viceprimero del Ejército, Francisco Negrete Mendoza Cabo Primero del Ejército, Yersinio Navarrete Sánchez Cabo Primero del Ejército, Mario Alberto Marín Franco Cabo Segundo del Ejército, Manuel Cote Cote Cabo Primero del Ejército, y José Gregorio Peña Guarín Cabo Primero Infantería de Marina.
Artículo 3°. Decrétase duelo nacional por el término de tres días durante los cuales se izará el Pabellón Nacional a media asta en todos los edificios públicos del país y las embajadas de Colombia en el exterior.
Artículo 4°. Copia del presente decreto se hará llegar en nota de estilo a los familiares de las personas cuya memoria se exalta en el presente decreto.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de mayo de 2003.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior y de Justicia,
Fernando Londoño Hoyos