DECRETO 1041 DE 2004
(abril 5)
por medio del cual se crea un Consulado Honorario y se hace una designación en el Servicio Exterior.
Nota: Ver Decreto 962 de 2016.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial lasque le confieren los numerales 2 y 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y la Ley 17 de 1971 que aprobó la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963,
DECRETA:
Artículo 1°. Créase el Consulado Honorario de Colombia en la ciudad de Rabat, Reino de Marruecos, con circunscripción en todo el territorio del país.
Artículo 2°. Desígnase a la señora María del Pilar Gaviria Botero como Cónsul Honorario de Colombia en la ciudad de Rabat, Reino de Marruecos, con circunscripción en todo el territorio del país.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de abril de 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Viceministro de Relaciones Exteriores encargado de las funciones del Despacho de la señora Ministra,
Camilo Reyes Rodríguez.