DECRETO 1020 DE 2004
(abril 1)
por el cual se modifica la planta de personal de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones
Nota: Modificado parcialmente por el Decreto 4172 de 2007, por el Decreto 802 de 2006 y por el Decreto 059 de 2005.
El Presidente de la República de Colombia, e n ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial de las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los literales m) y n) del artículo 54 y artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, a efectos de modificar su planta de personal, obteniendo concepto técnico favorable de este Departamento;
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó el respectivo certificado de viabilidad presupuestal;
Que en sesión del 25 de febrero de 2004, según Acta número 043 el Consejo Directivo, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la planta de personal de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la Planta de Personal de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, los siguientes cargos:
No.
de Cargos Denominación del Cargo Código Grado
1 (Uno) Secretario General de Entidad
Descentralizada 0037 04
3 (Tres) Subdirector General de Entidad
Descentralizada 0040 06
3 (Tres) Jefe de Oficina 2045 14
2 (Dos) Médico medio tiempo 3085 16
2 (Dos) Odontólogo medio tiempo 3087 16
3 (Tres) Profesional Universitario 3020 06
1 (Uno) Técnico Administrativo 4065 09
2 (Dos) Técnico Administrativo 4065 08
2 (Dos) Técnico Operativo 4080 10
1 (Uno) Secretario Ejecutivo 5040 18
2 (Dos) Pagador 5045 18
1 (Uno) Supervisor 5105 13
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 12
2 (Dos) Auxiliar Administrativo 5120 09
4 (Cuatro) Auxiliar Administrativo 5120 07
1 (Uno) Secretario 5140 13
1(Uno) Secretario 5140 12
2 (Dos) Secretario 5140 10
15 (Quince) Secretario 5140 08
2 (Dos) Operario Calificado 5300 09
2 (Dos) Conductor Mecánico 5310 07
12 (Doce) Auxiliar de Servicios Generales 5335 07
1 (Uno) Enfermero Auxiliar 5345 11
1 (Uno) Enfermero Auxiliar 5345 07
Artículo 2°.Las funciones propias de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación, así:
No.
de cargos Dependencia y Denominación del Empleo Código Grado
DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL
1(Uno) Director General de Entidad 0015 17
Descentralizada
1(Uno) Asesor 1020 08
3(Tres) profesional Universitario 3020 06
No.
de cargos Dependencia y Denominación del Empleo Código Grado
1 (Uno) Secretario 5140 13
1 (Uno) Conductor Mecánico 5310 09
1 (Uno) Auxiliar de Servicios Generales 5335 07
PLANTA GLOBAL
3 (Tres) Subdirector General de Entidad 0040 14
Descentralizada
1 (Uno) Jefe de Oficina 0137 09
1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora de Plantación 1045 07
1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 07
6 (Seis) Profesional Universitario 3020 14
12 (Doce) Profesional Universitario 3020 10
5 (Cinco) Profesional Universitario 3020 08
7 (Siete) Profesional Universitario 3020 06
2 (Dos) Técnico Administrativo 4065 11
3 (Tres) Técnico Administrativo 4065 10
27 (Veintisiete) Técnico Administrativo 4065 08
2 (Dos) Técnico Administrativo 4065 07
3 (Tres) Técnico Operativo 4080 10
1 (Uno) Técnico Operativo 4080 08
1 (Uno) Técnico Operativo 4080 06
1 (Uno) Pagador 5045 20
4 (Cuatro) Pagador 5045 18
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 20
2 (Dos) Auxiliar Administrativo 5120 18
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 12
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 5120 11
3 (Tres) Auxiliar Administrativo 5120 10
17 (Diecisiete) Auxiliar Administrativo 5120 09
10 (Diez) Auxiliar Administrativo 5120 08
19 (Diecinueve) Auxiliar Administrativo 5120 07
1 (Uno) Secretario 5140 13
3 (Tres) Secretario 5140 12
4 (Cuatro) Secretario 5140 10
4 (Cuatro) Secretario 5140 08
3 (Tres) Operario Calificado 5300 09
2 (Dos) Conductor Mecánico 5310 07
10 (Diez) Auxiliar de Servicios Generales 5335 07
Artículo 3°. El Director General de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, mediante acto administrativo, distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 4°. Los empleados de carrera administrativa, a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto, tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a un empleo equivalente, de conformidad con lo consagrado en la Ley 443 de 1998 y en los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto Ley 1568 de 1998.
Artículo 5°. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el presente decreto, se efectuará dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demás normas vigentes sobre la materia.
Artículo 6°. Los empleados públicos de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
Artículo 7°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998.
Artículo 8°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2726 de 1993.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 1º de abril 2004.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Defensa Nacional,
Jorge Alberto Uribe Echavarría.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.