DECRETO 1009 DE 2004

Decretos 2004

DECRETO 1009 DE 2004    

(abril 1°)    

por el cual se modifica  la planta de personal administrativo y docente del Instituto Superior de  Educación Rural de Pamplona, ISER y se dictan otras disposiciones.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,  los literales m) y n) del artículo 54 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Instituto Superior  de Educación Rural de Pamplona, ISER, presentó al Departamento Administrativo  de la Función Pública los estudios de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998, y 148  y 155 del Decreto 1572 de 1998,  modificado por el Decreto 2504 de 1998,  para efectos de modificar la planta de personal administrativo y docente del  Instituto, el cual obtuvo concepto favorable de este Departamento  Administrativo;    

Que para los fines de  este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del  Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó certificado de viabilidad  presupuestal.    

Que el Consejo Directivo del Instituto Superior de  Educación Rural de Pamplona, ISER, en su sesión del día 23 de febrero de 2004  decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la  planta de personal administrativo y docente,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Suprímense de la  planta de personal del Instituto Superior de Educación Rural de Pamplona, ISER,  los siguientes cargos:    

a) Empleos Públicos  Administrativos:    

Número

  de Cargos Denominación del Cargo   Código Grado    

RECTORIA    

1 (Uno)   Rector  de Institución Tecnológica 0052    03    

1 (Uno)   Auxiliar  de Servicios Generales   5335    05    

PLANTA GLOBAL    

1 (Uno)   Vicerrector  de Institución Tecnológica    0065   01    

1 (Uno)   Secretario  General de Institución Tecnológica    2180 07    

2 (Dos)   Profesional  Universitario M. T     3020    10    

1 (Uno)   Técnico  Operativo                  4080    07    

1(Uno)    Auxiliar  Administrativo             5120    07    

3 (Tres)  Auxiliar  de Servicios Generales   5335    05    

3 (Tres)  Celador                              5320    04    

4 (Cuatro)                       Auxiliar de Servicios  Generales   5335 01    

b)  Trabajadores Oficiales: (4) Cuatro trabajadores oficiales.    

Artículo 2°. Suprímense de la  planta de personal docente del Instituto Superior de Educación Rural de  Pamplona, ISER, los siguientes cargos correspondientes al Instituto de  Bachillerato:    

Número de Cargos Dependencia y Denominación del  Cargo    

29 Veintinueve   Profesores de tiempo completo    

Artículo  3°. Las funciones propias del Instituto Superior de Educación Rural de Pamplona,  ISER, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a  continuación, así:    

a)Empleos públicos administrativos:    

Número

  de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo  Código     Grado    

RECTORIA    

1(Uno)    Rector  de Institución Tecnológica  0052   05    

1(Uno)    Profesional  Universitario            3020   05    

1(Uno)    Secretario                            5140   11    

1(Uno)    Conductor  Mecánico                5310   06    

PLANTA GLOBAL    

1(Uno)    Vicerrector  de Institución Tecnológica    0065   02    

1(Uno)    Secretario  General de Institución Tecnológica    0185 01    

3(Tres)   Director  de Unidad Académica     2135   07    

5(Cinco)  Profesional  Universitario            3020   05    

1(Uno)    Técnico  Operativo                   4080   08    

2 (Dos)   Técnico  Administrativo              4065   07    

1 (Uno)   Auxiliar  de Técnico                  4110   06    

1 (Uno)   Auxiliar  de Técnico                  4110   03    

2 (Dos)   Auxiliar  Administrativo              5120   11    

1 (Uno)   Pagador                              5045   11    

2 (Dos)   Secretario                            5140   10    

3 (Tres)  Secretario                            5140   08    

4 (Cuatro)                                    Secretario 5140  06    

1 (Uno)   Auxiliar  Administrativo              5120   05    

2 (Dos)   Auxiliar  de Servicios Generales    5335   05    

3 (Tres)  Celador                              5320   04    

3 (Tres)  Auxiliar de Servicios Generales    5335   01    

b) Empleos públicos docentes:    

Número

  de Cargos Denominación del Cargo    

23 Veintitrés                         Docente tiempo completo    

1(uno)Docente Medio  Tiempo    

Artículo 4°. Fíjase en  dos (2)el número de trabajadores oficiales al servicio del Instituto Superior de  Educación Rural de Pamplona, ISER.    

Artículo 5°. A partir de  la ejecutoria de la sentencia que autorice el levantamiento de fuero sindical o  del vencimiento del término de este fuero contemplado en la ley o en los  estatutos sociales, quedarán automáticamente suprimidos los cargos que se  relacionan a continuación:    

a)Empleos Públicos Administrativos:    

Número

  de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo  Código     Grado    

PLANTA GLOBAL    

1(Uno)    Conductor  Mecánico                 5310   06    

1(Uno)    Auxiliar de Servicios Generales    5335   01    

b)  Trabajadores Oficiales: (1) Un Trabajador Oficial.    

Parágrafo. En defensa de  la garantía constituida por el fuero sindical, los anteriores cargos se  mantendrán temporalmente vigentes en la planta de personal que por este decreto  se establece hasta el cumplimiento de las condiciones establecidas en el  presente artículo.    

Artículo 6°. Los empleados públicos de carrera  administrativa a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en  el literal a) del artículo 1° del presente decreto, y no sean incorporados en  los cargos que se establecen en el literal a) del artículo 3° del presente decreto,  tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a empleo  equivalente, de conformidad con lo consagrado en el artículo 39 de la Ley 443 de 1998, y en  los decretos reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con  sujeción al procedimiento establecido en el Decreto 1568 de 1998  y demás normas vigentes sobre la materia.    

Artículo 7°. El Rector  del Instituto Superior de Educación Rural de Pamplona, ISER, mediante  resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global a que se refiere el  artículo 3° del presente decreto y ubicará el personal teniendo en cuenta la  estructura, las necesidades del servicio y los planes y programas de la  entidad.    

Artículo 8°. La  incorporación de los empleados públicos administrativos a la planta de personal  establecida en el literal a) del artículo 3° del presente decreto, se efectuará  dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación,  teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999  y demás normas legales vigentes sobre la materia.    

Los empleados públicos  docentes a que se refiere el literal b) del artículo 3° del presente decreto se  incorporarán de conformidad con las normas vigentes.    

Artículo 9°. Los  servidores públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual  correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se  produzca la incorporación ala nueva planta de personal y tomen posesión del  cargo.    

Artículo 10. Los cargos  de carrera vacantes de la planta de personal a que se refiere el literal a) del  artículo 3° del presente decreto, se proveerán de conformidad con lo dispuesto  en el artículo 2° del Decreto 1572 de 1998,  modificado por el Decreto 2504 de 1998.    

Los cargos de carrera  vacantes de la planta de personal a que se refiere el literal b) del artículo  3° del presente decreto, se proveerán de acuerdo con las normas legales  vigentes.    

Artículo 11. Las  indemnizaciones de los trabajadores oficiales a quienes se les suprima el  cargo, se reconocerán y pagarán de conformidad con lo previsto en la Ley 6ª de 1945, el  contrato de trabajo respectivo, las convenciones colectivas, los laudos  arbitrales y las disposiciones legales vigentes.    

Artículo 12. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le  sean contrarias, en especial los Decretos 240 y 1930 de 1994.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a  1° de abril de 2004.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla  Barrera.    

La Ministra de Educación  Nacional,    

Cecilia María Vélez  White.    

El Director del  Departamento Administrativo de la Función Pública,    

Fernando Grillo Rubiano.    

               

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