DECRETO 909 DE 2002

Decretos 2002

DECRETO 909 DE 2002    

(mayo 9)    

por el cual se modifica parcialmente el  artículo 1° del Decreto 415 de 2002.    

El Presidente de la República de Colombia, como Jefe de  Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa, en ejercicio de  las facultades constitucionales y legales,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Modifícase parcialmente el artículo 1° del Decreto 415 de 2002,  en el sentido de que el funcionario designado para realizar el seguimiento del  proceso electoral del 26 de mayo y 16 de junio de 2002 (segunda vuelta si fuere  necesario), en el departamento del Valle, será el doctor Pedro Nel Ospina  Santa-María, Presidente de Bancafé.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de  su publicación y modifica parcialmente el artículo 1° del Decreto 415 de 2002.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 9 de mayo de 2002.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro del Interior,    

Armando Estrada Villa.    

               

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