DECRETO 646 DE 2002

Decretos 2002

DECRETO 646  DE 2002    

(abril 10)    

por el cual se adiciona el Presupuesto  General de la Nación para la vigencia fiscal de 2002.    

Nota: Ver Decreto 903 de 2002    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio  de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el  artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política  expidió la Ley 714 de 2001, por  la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal  de 2002, el cual se liquidó por medio del Decreto 2888 de 2001;    

Que el artículo 352 de la Constitución Política le  otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente  a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General  de la Nación;    

Que el Gobierno de la República de Colombia a través de  la Fiscalía General de la Nación, recibió del Gobierno de los Estados Unidos de  América, la suma de US$240.000 como cooperación internacional de carácter no  reembolsable, en aplicación del “Respaldo a la Reforma Judicial y a los  Derechos Humanos en Colombia, como parte de la ayuda incluida para tal fin en  el Plan Colombia”;    

Que de los anteriores recursos se solicita por parte de  la Fiscalía General de la Nación incorporar al presupuesto de la vigencia de  2002 la suma de $300.323.684, de los cuales $6.190.484 quedaron sin comprometer  en la vigencia 2001, según certificado del 22 de enero de 2002, expedido por el  Coordinador Sección de Tesorería de la Fiscalía General de la Nación, recursos  para financiar el “Desplazamiento y gastos de manutención y alojamiento a los  servidores de la Unidad de Derechos Humanos”;    

Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto  Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia o  cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del  presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán al  mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa  certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor;    

Que por lo anterior es necesario adicionar el Presupuesto  General de la Nación del año 2002,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Presupuesto  de rentas y recursos de capital. Efectúase la siguiente adición en el  Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2002, en la suma de  trescientos millones trescientos veintitrés mil seiscientos ochenta y cuatro  pesos moneda legal ($300.323.684), según el siguiente detalle:    

Rentas del Presupuesto General  de la Nación    

1. Ingresos del Presupuesto Nacional                  300.323.684    

2. Recursos de Capital de la Nación                    300.323.684    

Artículo 2°. Presupuesto  de gastos. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto General de la  Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2002, en  la suma de trescientos millones trescientos veintitrés mil seiscientos ochenta  y cuatro pesos moneda legal ($300.323.684), según el siguiente detalle:    

Adiciones-Presupuesto General de la Nación    

Cta. Subc. Concepto               Aporte nacional Recursos propios        Total    

Prog subp    

SECCION 2901    

Fiscalía General de la Nación    

A.  Presupuesto de funcionamiento 300.323.684              300.323.684    

Total Presupuesto Sección         300.323.684               300.323.684    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 10 de abril de 2002.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro  de Justicia y del Derecho,                           

Rómulo González  Trujillo.    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Juan Manuel Santos Calderón    

               

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