DECRETO 533 DE 2002
(marzo 21)
por el cual se modifica la planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares para la vigencia de 2002.
Nota: Derogado por el Decreto 1051 de 2002, artículo 3.
El Ministro de Justicia y del Derecho Delegatario de Funciones Presidenciales mediante Decreto 510 de marzo 19 de 2002, en uso de las facultades que le confiere el artículo 4º del Decreto 1790 de 2000,
DECRETA:
Artículo 1º. La planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares para la vigencia de 2002, queda constituida de la siguiente manera:
ESCALAFON ESCALAFON
REGULAR COMPLEMENTARIO
I. OFICIALES
1. EJERCITO
General 3
Mayor General 13
Brigadier General 29
Coronel 212 10
Teniente Coronel 396 10
Mayor 1.063 10
Capitán 1.602
Teniente 1.102
Subteniente 1.425
TOTAL 5.845 30
2. ARMADA
Almirante 0
Vicealmirante 5
Contraalmirante 16
Capitán de Navío 104 5
Capitán de Fragata 188 2
Capitán de Corbeta 265 2
Teniente de Navío 369
Teniente de Fragata 279
Teniente de Corbeta 351
TOTAL 1.577 9
3. FUERZA AEREA
General 2
Mayor General 5
Brigadier General 9
Coronel 69 5
Teniente Coronel 135 5
Mayor 199 5
Capitán 402
Teniente 255
Subteniente 355
TOTAL 1.431 15
ESCALAFON ESCALAFON
REGULAR COMPLEMENTARIO
II. SUBOFICIALES
1. EJERCITO
Sargento Mayor 120
Sargento Primero 1.676
Sargento Viceprimero 2.887
Sargento Segundo 5.342
Cabo Primero 4.831
Cabo Segundo 2.950
Cabo Tercero 4.200
TOTAL 22.006
2. ARMADA
Suboficial Jefe Técnico 164
Suboficial Jefe 664
Suboficial Primero 942
Suboficial Segundo 1.355
Suboficial Tercero 1.481
Marinero Primero 647
Marinero Segundo 475
TOTAL 5.728
3. FUERZA AEREA
Suboficial Técnico Jefe 124
Suboficial Técnico Subjefe 311
Suboficial Técnico Primero 484
Suboficial Técnico Segundo 615
Suboficial Técnico Tercero 430
Suboficial Técnico Cuarto 269
Aerotécnico 168
TOTAL 2.401
Artículo 2º. Con el propósito de hacer viable la ejecución de las plantas de personal propuestas desde el punto de vista presupuestal, los movimientos de personal deberán hacerse en forma gradual, en las fechas previstas en el Decreto número 1790 de 2000, consultando estrictamente las necesidades de efectivos para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la Institución.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto número 2489 del 22 de noviembre de 2001 y todas las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 21 de marzo de 2002.
ROMULO GONZALEZ TRUJILLO
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Federico Rengifo Vélez.
El Ministro de Defensa Nacional (E.),
Fernando Tapias Stahelin