DECRETO 498 DE 2002

Decretos 2002

DECRETO 498 DE 2002    

(marzo 18)    

por el cual se  modifica la Estructura de la Corporación de la Industria Aeronáutica colombiana,  CIAC S.A., y se fijan las funciones de sus dependencias.    

Nota: Derogado  por el Decreto 2181 de 2017,  artículo 14.    

El Presidente de la República de Colombia,  en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y  con sujeción a los principios y reglas del artículo 54 de la Ley 489 de 1998,    

DECRETA:    

CAPITULO I    

Estructura    

Artículo 1°. La estructura de la  Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana, CIAC S.A., será la  siguiente:    

1.     ASAMBLEA DE  ACCIONISTAS    

2.     JUNTA DIRECTIVA    

3.     GERENCIA    

   3.1 OFICINA  DE CONTROL INTERNO    

   3.2 OFICINA  DE PLANEACION Y SISTEMAS    

   3.3 OFICINA  DE CONTROL CALIDAD    

4.     SUBGERENCIA    

   4.1 DIVISION  DE MANTENIMIENTO AERONAUTICO    

   4.2 DIVISION DE VENTAS DE SERVICIOS    

   4.3 DIVISION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA    

5.     ORGANOS DE  ASESORIA Y COORDINACION    

   5.1 COMITE DE COORDINACION DEL SISTEMA DE CONTROL  INTERNO    

   5.2 COMITE DE PERSONAL    

   5.3 COMITE DE DIRECCION Y DESARROLLO INSTITUCIONAL.    

CAPITULO II    

De las  funciones    

Artículo 2º. Junta Directiva y Gerente. La Junta Directiva de la Corporación  de la Industria Aeronáutica Colombiana, CIAC S.A., y la Gerencia cumplirán las  funciones señaladas en la Ley, en los Estatutos de la entidad y en las demás  disposiciones legales que los adicionen, modifiquen o sustituyan.    

Artículo 3º. Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control  Interno, las siguientes:    

1. Planear, dirigir y organizar la  verificación y evaluación del sistema de control interno.    

2. Verificar que el sistema de control  interno esté formalmente establecido dentro de la organización y que su  ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y,  en particular de aquellos que tengan responsabilidad de mando.    

3. Verificar que los controles definidos  para los procesos y actividades de la organización, se cumplan por los  responsables de su ejecución y en especial, que las áreas o empleados  encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente  esta función.    

4. Verificar que los controles asociados  con todas y cada una de las actividades de la organización, estén adecuadamente  definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la  evolución de la entidad.    

5. Velar por el cumplimiento de las  leyes, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la  organización y recomendar los ajustes necesarios.    

6. Servir de apoyo a los directivos en el  proceso de toma de decisiones, a fin de que se obtengan los resultados  esperados.    

7. Verificar los procesos relacionados  con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la  entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios.    

8. Fomentar en toda la organización la  formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en  el cumplimiento de la misión institucional.    

9. Evaluar y verificar la aplicación de  los mecanismos de participación ciudadanía, que, en desarrollo del mandato  constitucional y legal, diseñe la entidad correspondiente.    

10. Mantener permanentemente informados a  los directivos acerca del estado del control interno dentro de la entidad,  dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento.    

11. Verificar que se implanten las  medidas respectivas recomendadas.    

12. Las demás funciones que le sean  asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 4°. Oficina de Planeación y Sistemas. Son funciones de la Oficina de  Planeación y Sistemas, las siguientes:    

1. Asesorar a la Gerencia en la  formulación de políticas y en la definición de planes y programas que deba  realizar la empresa en el cumplimiento de sus objetivos.    

2. Planear el desarrollo económico,  competitivo de la empresa a mediano y largo plazo, atendiendo normas y  procedimientos vigentes y a las tendencias que muestran el desarrollo social,  económico y político, garantizando un fortalecimiento organizacional acorde al  entorno competitivo.    

3. Dirigir, coordinar y desarrollar el  sistema integrado de planeamiento, programación y presupuestación  como modelo de administración de recursos para la empresa.    

4. Coordinar, dirigir y controlar las  actividades inherentes a los sistemas de información de la entidad.    

5. Asesorar a la Gerencia en la  definición de planes y en el establecimiento de programas en materia de  sistematización.    

6. Coordinar, formular y evaluar los  proyectos de inversión de la empresa, atendiendo políticas y normatividad legal  para la aplicación y desarrollo de dichos proyectos.    

7. Diseñar, aplicar y analizar  herramientas de medición y comparación, de gestión productiva para las  dependencias de la organización, a fin de detectar comportamiento y tendencias  que afecten el desarrollo económico de la empresa, para establecer y corregir  las desviaciones y recomendar directrices de ajuste a la gestión.    

8. Atender y fomentar la metodología que  tenga que ver con las tendencias de mejoramiento y competitividad  organizacional, en el ámbito de mediana y alta gerencia, a fin de que se  implementen herramientas estratégicas que beneficien el desarrollo de la  organización.    

9. Diseñar formas y métodos adecuados  para el normal funcionamiento de los procesos que tienen que ver con la misión  de cada dependencia.    

10. Investigar, planear, evaluar y  presentar los proyectos de sistematización de acuerdo con las necesidades de la  empresa.    

11. Diseñar, desarrollar y mantener las  aplicaciones y soluciones automatizadas requeridas en las diferentes  actividades y dependencias de la empresa.    

12. Documentar, coordinar y controlar los  procedimientos, transmisión de datos, mantenimiento, de archivos magnéticos,  estudio del comportamiento de equipos y ajuste a su operación.    

13. Recomendar la adquisición de equipos  y nuevas tecnologías de acuerdo con las necesidades de la empresa en el área de  informática.    

14. Elaborar y presentar los programas de  capacitación, los manuales del usuario y prestar la asesoría necesaria a todos  los funcionarios de la Empresa.    

15. Velar por la seguridad y protección  de los recursos informáticos.    

16. Coordinar el diseño y adopción de  sistemas de información gerencial que faciliten el proceso de toma de  decisiones.    

17 . Las demás funciones que le sean  asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 5°. Oficina de Control Calidad. Son funciones de la Oficina de  Control Calidad, las siguientes:    

1. Responder porque todas las  inspecciones se realicen siguiendo específicamente instrucciones y lineamientos  de los manuales respectivos en todos los trabajos de mantenimiento terminados  al igual con las tarjetas de inspección, informes y formas utilizadas por el  taller reparador.    

2. Velar para que el personal de  inspectores a su cargo conozca las directivas de aeronavegabilidad,  además de los manuales que afectan los productos aeronáuticos para los cuales  está habilitado el taller en las especificaciones de operación autorizadas.    

3. Mantener y conservar actualizado el  archivo de las directivas de aeronavegabilidad,  boletines de servicio, órdenes, circulares de asesoramiento, tipos y manuales  del fabricante de cada uno de los productos aeronáuticos que el taller  reparador mantiene.    

4. Planear, organizar, dirigir, asesorar  y controlar los diferentes planes, procedimientos y normas que deben seguirse  para desarrollar los programas de seguridad industrial, salud ocupacional y  riesgos profesionales aplicables a la CIAC.    

5. Las demás funciones que le sean  asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 6°. Subgerencia. Son funciones de la Subgerencia las siguientes:    

1. Dirigir, coordinar y supervisar el  desarrollo de las actividades administrativas y técnicas de la corporación.    

2. Presentar a consideración de la Gerencia  las políticas, programas y proyectos tendientes a un mejor desarrollo de la  Corporación.    

3. Analizar los procedimientos técnicos y  administrativos establecidos y propender por su simplificación y agilización.    

4. Supervisar el cumplimiento de las  normas, reglamentos y procedimientos establecidos en la Corporación para el  logro de sus objetivos.    

5. Coordinar y supervisar la  administración del personal de acuerdo con las políticas y normas legales  vigentes.    

6. Elaborar y presentar informes  periódicos a la Gerencia sobre el funcionamiento de la Corporación.    

7. Elaborar los contratos de orden  administrativo que requiera la empresa y supervisar su estricto cumplimiento.    

8. Presidir la Junta de Adquisiciones y  demás comités, de acuerdo con los procedimientos vigentes.    

9. Asumir las funciones de Gerente de la  Corporación cuando las circunstancias lo requieran, previa designación por  parte del Ministerio de Defensa mediante expedición de la respectiva  resolución.    

10. Cumplir con las funciones inherentes  a la Atención de Quejas y Reclamos.    

11. Velar por el cumplimiento de los  términos y demás disposiciones referentes a las investigaciones disciplinarias  que se adelanten en relación con las funciones de Control Interno  disciplinario.    

12. Las demás funciones que le sean  asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 7°. División de Mantenimiento Aeronáutico. Son funcio  nes de la División de Mantenimiento Aeronáutico:    

1. Responder por el cabal funcionamiento  del taller reparador, incluyendo el edificio e instalaciones y el mantenimiento  continuo de éste.    

2. Responder por los aspectos  relacionados con la programación, evaluación y control de la producción de los  trabajos de mantenimiento aeronáutico a realizar a las aeronaves bajo la  responsabilidad de la empresa.    

3. Responder por la correcta y oportuna  ejecución de las labores de mantenimiento a desarrollar en los talleres y  servicios a los sistemas, componentes, equipos, turbinas, herramientas, piezas  de equipo terrestre y de aviación de la compañía y aerolíneas a las cuales la  CIAC presta el servicio dentro de las normas de calidad, reglamentaciones y  procedimientos establecidos por la empresa, el fabricante y los organismos  competentes.    

4. Las demás funciones que le sean  asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 8°. División de Ventas de Servicios. Son funciones de la División de  Ventas de Servicios las siguientes:    

1. Asesorar a la Gerencia en materia de  comercio exterior, desarrollando las actividades requeridas en el proceso de  zona franca y nacionalización de mercancías de acuerdo con las normas y  procedimientos vigentes establecidas por la DIAN.    

2. Manejar registros, licencias de  importación y declaraciones de aduana para nacionalizar las mercancías, de  acuerdo con el estatuto aduanero.    

3. Manejar operaciones de carácter  comercial e industrial en zonas francas.    

4. Asesorar a la Gerencia en lo  relacionado con la venta de servicios técnicos e importaciones, al igual que la  adquisición de diferentes elementos para los servicios que se prestan.    

5. Elaborar pedidos de compra local y del  exterior de acuerdo con instrucciones recibidas por el Gerente.    

6. Elaborar órdenes de trabajo de todos  los servicios que se presten.    

7. Manejar cartas de crédito o  transferencias bancarias para los pedidos al exterior.    

8. Efectuar liquidaciones estimadas de  los pedidos recibidos para el correspondiente ingreso al almacén.    

9. Revisar, tramitar y coordinar con el  almacén el ingreso y retiro de materiales.    

10. Tramitar la documentación para nacionalizar  los elementos requeridos para los contratos.    

11. Coordinar con la Subgerencia y la  División Administrativa y Financiera, lo relacionado con los contratos interadministrativos.    

12. Coordinar con las diferentes empresas  transportadoras lo relacionado con los despachos del material del exterior para  su liberación.    

13. Las demás funciones que le sean  asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

Artículo 9°. División Administrativa y Financiera. Son funciones de la  División Administrativa y Financiera, las siguientes:    

1. Planear, organizar, dirigir y  controlar las actividades inherentes a la gestión financiera y administrativa  de la empresa, en concordancia con los objetivos de la misma.    

2. Dirigir, coordinar y supervisar las  actividades relacionadas con las operaciones contables, presupuestales y  financieras de la empresa.    

3. Fijar las directrices que se requieren  para la elaboración, ejecución y control presupuestal, como una herramienta  eficaz para la proyección de la empresa.    

4. Elaborar, preparar y formular el  presupuesto de la empresa.    

5. Adelantar gestiones orientadas a la  búsqueda de recursos financieros y procurar su administr  ación conforme a los objetivos y programas de la  entidad.    

6. Fijar y controlar la aplicación de los  sistemas contables, presupuestales y de costos de la empresa.    

7. Determinar, de acuerdo con las  disposiciones vigentes, los sistemas de recaudo de ingresos y pago de las  obligaciones de la empresa.    

8. Proponer políticas de crédito; así  como dirigir las actividades tendientes al manejo y recuperación de la cartera.    

9. Proponer a la Gerencia o Subgerencia  las inversiones financieras que por rentabilidad y conveniencia sean favorables  a la empresa.    

10. Planear, organizar, dirigir y  controlar las actividades inherentes a la administración del recurso humano de  la empresa.    

11. Organizar y coordinar las actividades  relacionadas con las compras, almacenamiento y suministro oportuno de los  elementos misceláneos necesarios para el funcionamiento de la empresa.    

12. Organizar, controlar y coordinar las  actividades inherentes a los servicios generales de aseo, cafetería,  construcciones, conservación y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles,  prestación de los servicios de transporte, seguridad física de la empresa.    

13. Las demás funciones que le sean  asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.    

CAPITULO III    

Organos de  asesoría y coordinación    

Artículo 10. Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno. El Comité  de Coordinación actuará como órgano asesor de la Gerencia y se regirá por las  disposiciones señaladas en la Ley 87 de 1993, el Decreto 1826 de 1994,  Decreto 2145 de 1999  y demás normas vigentes, integrado por el Gerente, Subgerente, Jefes de Oficina  y Jefes de División.    

Actuará como secretario Técnico el Jefe  de la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces.    

Artículo 11. Comité de Personal. El Comité de Personal estará conformado por  dos representantes del nominador y un representante de los empleados y cumplirá  las funciones establecidas en las normas vigentes y sus decretos  reglamentarios.    

Artículo 12. Comité de Dirección y Desarrollo Institucional. El Comité de  Dirección y Desarrollo Institucional estará conformado por el Subgerente, Jefes  de Oficina y Jefes de División y cumplir las funciones establecidas en las  normas vigentes y sus reglamentarios.    

Artículo 13. El presente decreto rige a  partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en  especial el Acuerdo número 003 de 1999.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 18 de marzo de  2002.    

ANDRES PASTRANA  ARANGO    

El Ministro de Defensa Nacional,    

Gustavo Bell Lemus.    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función Pública,    

Mauricio Zuluaga Ruiz    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *