DECRETO 400 DE 2002

Decretos 2002

DECRETO 400 DE 2002    

(marzo 4)    

por el cual se confiere comisión de servicios en el exterior,  se da una autorización    

para aceptar una invitación y se hace un encargo.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en  especial las conferidas en el numeral 18 del artículo 189 y 129 de la Constitución Política,  el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973,  Decreto 2197 de 1996,  y    

CONSIDERANDO:    

Que el doctor Bernard Gernigon, Jefe del  Servicio de Libertad Sindical, del Departamento de Normas Internacionales de la  Oficina Internacional del Trabajo, OIT, mediante comunicación vía fax de fecha  7 de febrero de 2002, invitó al Ministro de Trabajo y Seguridad Social para que  participe en la mesa redonda sobre el impacto que ha tenido el Comité de  Libertad Sindical durante el último siglo, que se realizará con motivo de la  conmemoración del 50 aniversario de la primera reunión de dicho comité, a  celebrarse el día 14 de marzo de 2002, en la ciudad de Ginebra, Suiza;    

Que la Organización Internacional del  Trabajo, OIT, pagará al doctor Angelino Garzón, Ministro de Trabajo y Seguridad  Social, pasajes y estancia en Ginebra durante dos (2) días;    

Que los días comprendidos del 15 al 19 de  marzo de 2002, el doctor Garzón estará en las ciudades de Madrid y Barcelona,  España, participando en las reuniones con el Ministerio de Trabajo y Asuntos  Sociales de España, el Secretario de Estado de España para las Migraciones y  Unión de Pagesos sobre el desarrollo de flujos migratorios laborales con  España, y en la Embajada de Colombia en Madrid, España, sobre Convenios de la  Seguridad Social, Acuerdos sobre la regulación y ordenamiento de Flujos  Migratorios Laborales, preparación de la reunión de Ministros de Trabajo de  Europa y Latinoamérica;    

Que el doctor Juan Somavia, Director  General de la Oficina Internacional del Trabajo, OIT, mediante comunicación de  fecha 31 de enero de 2002, convocó al Ministro de Trabajo y Seguridad Social, a  participar en la 283 Reunión del Consejo de Administración de la OIT, así como  a las reuniones de las comisiones de las que el Gobierno colombiano es miembro,  que tendrán lugar en Ginebra, Suiza del 19 al 22 de marzo de 2002;    

Que se cuenta con la correspondiente  disponibilidad presupuestal para atender los demás gastos que ocasione esta  comisión, con cargo a la caja menor de viáticos del Ministerio de Trabajo y  Seguridad Social‑Grupo Administrativo, según certificación expedida por  el funcionario responsable de fecha 27 de febrero de 2002,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Conferir comisión de  servicios en el exterior al doctor Angelino Garzón, Ministro de Trabajo y  Seguridad Social, por el término de once (11) días y medio (1/2) día,  comprendidos entre el 12 y el 23 de marzo de 2002, incluidos los días de  desplazamiento, para que participe en la Reunión del Comité de Libertad  Sindical de la OIT el día 14 de marzo de 2002 en Ginebra, Suiza; en las  reuniones que se llevarán a cabo en Madrid y Barcelona, España, sobre el  desarrollo del Convenio de regulación de migraciones laborales entre España y  Colombia del 15 al 19 de marzo de 2002 y participar en la 283 Reunión del  Consejo de Administración de la OIT durante los días comprendidos entre el 20 y  22 de marzo de 2002, que tendrá lugar en Ginebra, Suiza.    

Artículo 2°. Autorizar al doctor Angelino  Garzón, Ministro de Trabajo y Seguridad Social, para aceptar por parte de la  Organización Internacional del Trabajo, OIT, los pasajes y estancia en Ginebra,  Suiza durante dos (2) días.    

Artículo 3°. El Ministerio de Trabajo y  Seguridad Social suministrará al doctor Angelino Garzón Ministro de Trabajo y  Seguridad Social, pasajes en primera clase para cubrir el itinerario: Ginebra‑Madrid,  Madrid‑Barcelona, Barcelona‑Madrid y Madrid‑Ginebra, y  viáticos a razón de trescientos ochenta dólares (US$380) diarios, durante los  primeros nueve (9) días y de ciento noventa dólares (US$190) por el último día,  con cargo a la caja    

menor de viáticos del Ministerio de  Trabajo y Seguridad Social‑Grupo Administrativo, según certificación  expedida por el funcionario responsable de fecha 27 de febrero de 2002.  Artículo 4°. Encargar al doctor Alvaro Patiño Pulido, Viceministro de Trabajo y  Seguridad Social, de las funciones del despacho del Ministro de Trabajo y  Seguridad Social durante la ausencia de su titular, doctor Angelino Garzón.    

Artículo 5°. El presente decreto rige a  partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Bogotá, D. C., a 4 de marzo de 2002.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

               

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