DECRETO 4 DE 2002
(enero 4)
por el cual se interrumpen unas vacaciones
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 1° del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y el artículo 15 del Decreto ley 1045 de 1978, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 2767 del 20 de diciembre de 2001, se autorizó el disfrute de unas vacaciones al doctor Juan Mayr Maldonado, Ministro del Medio Ambiente, del 2 al 23 de enero de 2002 por el período de servicios entre el 7 de agosto de 2000 al 6 de agosto de 2001;
Que el artículo 15 del Decreto 1045 de 1978, consagra, que las vacaciones pueden ser interrumpidas, entre otras causales, por necesidades del servicio,
DECRETA:
Artículo 1°. Interrumpir las vacaciones al doctor Juan Mayr Maldonado Ministro del Medio Ambiente autorizadas mediante Decreto 2767 del 20 de diciembre de 2001, por necesidades del servicio, a partir del 8 de enero de 2002, quedando pendientes doce (12) días hábiles de vacaciones.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 4 de enero de 2002.
ANDRES PASTRANA ARANGO