DECRETO 3266 DE 2002
(diciembre 30)
por el cual se suprimen cargos vacantes de la planta de personal del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe.
Nota: Aclarado por el Decreto 863 de 2003.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, y cuenta con el concepto de la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;
Que la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, sometió a aprobación del Gobierno Nacional la supresión de cargos vacantes de su planta de personal, de acuerdo con el Acta No. 09 del 29 de octubre de 2002,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal del Instituto Nacional de Vivienda de, Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, establecida mediante Decreto 1832 de 1997, los siguientes cargos vacantes:
N° de Cargos Dependencia y denominación Código Grado del empleo
PLANTA GLOBAL
3 (tres) Asesor 1020 05
3 (tres) Profesional Especializado 3010 18
14 (catorce) Profesional Especializado 3010 16
1 (uno) Conductor Mecánico 5310 11
Artículo 2°. Aclarado por el Decreto 863 de 2003, artículo 1º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1832 de 1997 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Texto inicial: “El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 2508 del 10 de diciembre de 1997 y demás disposiciones que le sean contrarias.”.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá D. C., a 30 de diciembre de 2002.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Roberto Junguito Bonnet,
La Ministra de Desarrollo Económico,
Cecilia Rodríguez González-Rubio.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.