DECRETO 3233 DE 2002

Decretos 2002

DECRETO 3233 DE 2002    

(diciembre 27)    

por el cual se  establece el auxilio de transporte.    

Nota:  Derogado por el Decreto 3771 de 2003,  artículo 2º.    

El Presidente de la República  de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 15 de 1959 y la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Fijar a partir del  primero (1°) de enero de dos mil tres (2003) el auxilio de transporte a cargo  de los empleadores, a que tienen derecho los servidores públicos y los  trabajadores particulares que devenguen un salario mensual básico hasta dos (2)  veces el salario mínimo legal mensual vigente, en la suma de treinta y siete  mil quinientos pesos ($37.500.); el cual se pagará en todos los lugares del  país en donde se preste el servicio público de transporte.    

Artículo 2°. El presente  decreto rige a partir del primero (1°) de enero del año dos mil tres (2003) y  deroga el Decreto  número 2909 de diciembre 31 de 2001.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de  diciembre de 2002.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y  Crédito Público,    

Roberto Junguito Bonnet.    

El Ministro de Trabajo y  Seguridad Social,    

Juan Luis Londoño de la Cuesta.    

El Ministro de Transporte,    

Andrés Uriel Gallego.    

               

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