DECRETO 319 DE 2002

Decretos 2002

DECRETO 319 DE 2002    

(febrero  28)    

por el cual se reglamenta el artículo 9° del Decreto ley 1790  de 2000.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el numeral 11 del  artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Grados honorarios. Para el  otorgamiento de los grados militares honorarios a que se refiere el artículo 9°  del Decreto 1790 de 2000  se observarán las siguientes normas:    

a) Esta distinción honoraria se  podrá conferir hasta el grado de General o Almirante, reservándose estos grados únicamente para los ex Presidentes de la  República de Colombia, ex Comandantes Generales de las Fuerzas Militares, ex  Jefes de Estado Mayor Conjunto y ex Comandantes de Fuerza; (Nota: Con relación al aparte resaltado en  negrilla, ver Sentencia del Consejo de Estado del 18 de junio de 2009. Expediente:  11001-03-25-000-2007-00090-00  (1768-07). SECCION 2ª. Actor: Marcelino Rafael  Corrales Larrarte. Ponente: Gerardo Arenas  Monsalve.).    

b) Las solicitudes para el  otorgamiento de grados honorarios en la categoría de Oficiales, junto con los  documentos necesarios para comprobar la idoneidad o merecimientos de los  candidatos, deberán ser sometidas a la consideración de la Junta Asesora del  Ministerio de Defensa, cuyo concepto favorable es requisito indispensable para  conceder la distinción;    

c) Las solicitudes para el  otorgamiento de grados honorarios en la categoría de Suboficial, deberán ser  resueltas por los Comandos de Fuerza, previo estudio de la documentación  allegada al efecto por los Comandantes de Unidad o Jefes de repartición que las  eleven. Podrán conferirse hasta el grado de Sargento Mayor o su equivalente en  la Armada Nacional y la Fuerza Aérea Colombiana.    

Artículo 2°. El presente decreto  rige a partir de su publicación y deroga las demás disposiciones que le sean  contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de febrero  de 2002.    

ANDRES PASTRANA  ARANGO    

El Ministro de Defensa Nacional,    

Gustavo Bell  Lemus    

               

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