DECRETO 3109 DE 2002
(diciembre 19)
por el cual se aprueba la supresión de cargos vacantes de la planta de personal
del Instituto Caro y Cuervo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 14 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Caro y Cuervo, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, y cuenta con el concepto expedido por la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;
Que el Consejo Directivo del Instituto Caro y Cuervo, sometió a aprobación del Gobierno Nacional la supresión de cargos vacantes de su planta de personal, de acuerdo con el Acta número 05 de octubre 22 de 2002,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímanse de la Planta de Personal de empleados públicos del Instituto Caro y Cuervo, aprobada mediante Decreto 3523 de 1980, los siguientes cargos vacantes:
N° de Cargos Dependencia y Denominación Código Grado
del Empleo
UNIDAD CIENTIFICA
Y DE INVESTIGACION
2 (Dos) Conductor Mecánico 5310 06
UNIDAD DOCENTE
1 (Un) Auxiliar Servicios Generales 5335 03
1 (Un) Conductor Mecánico 5310 06
DEPARTAMENTO DE BIBLIOTECA
1 (Un) Auxiliar Servicios Generales 5335 03
1 (Un) Auxiliar Servicios Generales 5335 05
SINDICATURA
2 (Dos) Conductor Mecánico 5310 06
SECCION BIENES Y SERVICIOS
GENERALES
1 (Un) Auxiliar Servicios Generales 5335 05
1 (Un) Conductor Mecánico 5310 06
1 (Un) Celador 5320 03
1 (Un) Celador 5320 06
1 (Un) Operario 5330 05
1 (Un) Ayudante 5325 05
2 (Dos) Ayudante 5325 01
SECCION DE PUBLICACIONES
1 (Uno) Operario 5330 05
2 (Dos) Ayudante 5325 05
3 (Tres) Operario 5330 03
5 (Cinco) Auxiliar Servicios Generales 5335 03
2 (Dos) Conductor Mecánico 5310 06
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 3523 de 1980 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 19 de diciembre de 2002.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito público,
Roberto Junguito Bonnet.
La Ministra de Educación Nacional.
Cecilia María Vélez White.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Antonio Grillo Rubiano.