DECRETO 3044 DE 2002

Decretos 2002

DECRETO 3044 DE 2002    

(diciembre 12)    

por medio del cual se redistribuyen  parcialmente las circunscripciones Consulares de Colombia en Centro América y  el Caribe.    

Nota: Derogado por el Decreto 1945 de 2012,  artículo 56.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de  las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren el  numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política y  la Ley 17 de 1971 que  aprobó la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, y    

CONSIDERANDO:    

Que ante el cierre de las Oficinas Consulares de  Colombia en Belice, Monterrey y Puerto Príncipe, se hace necesario redistribuir  parcialmente las circunscripciones Consulares de Colombia en Centro América y  el Caribe,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Redistribuir parcialmente las  circunscripciones Consulares de Colombia en Centro América y el Caribe, así:    

Guatemala    

Sección Consular de la Embajada de Colombia en  Guatemala con sede en Ciudad de Guatemala, con circunscripción en Guatemala y  Belice.    

México    

Consulado de Colombia en México con sede en Ciudad  de México, con circunscripción en todo el territorio mexicano.    

República Dominicana    

Sección Consular de la Embajada de Colombia en  República Dominicana con sede en Santo Domingo, con circunscripción en  República Dominicana y Haití.    

Artículo 2°. El presente decreto deroga todas las disposiciones  que le sean contrarias.    

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 12 de diciembre de 2002.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

La Viceministra de Relaciones Exteriores, encargada  de las funciones del Despacho de la Ministra,    

Clemencia Forero Ucrós.    

               

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