DECRETO 304 DE 2002
(febrero 26)
por el cual se confiere comisión de servicios al exterior
a la Ministra de Cultura y se hace un encargo
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las conferidas por los artículos 129 y 189, numeral 18 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973 y el artículo 4° del Decreto 1050 de 1997,
CONSIDERANDO:
Que la Ministra de Cultura, doctora Araceli Morales López, debe desplazarse a la ciudad de México, D. F.,México, del 17 al 20 de marzo de 2002 con el objeto de asistir al lanzamiento del proyecto “Cartografía de Recursos Culturales de México” y desarrollar la agenda de trabajo establecida con el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes de México, CONACULTA;
Que los gastos por concepto de viáticos y transporte aéreo en la ruta Bogotá-México, D. F. Bogotá de la doctora Araceli Morales López, serán asumidos con cargo al presupuesto del Ministerio de Cultura, rubro presupuestal 2 02 10, según CDP 174 del 20 de febrero de 2002expedido por el Grupo de Finanzas de la Secretaría General,
DECRETA:
Artículo 1°. Confiérese comisión de servicios al exterior a la Ministra de Cultura doctora Araceli Morales López, para desplazarse a la ciudad de México, D. F., México, del 17 al 20 de marzo de2002, con el objeto de asistir al lanzamiento del proyecto “Cartografía de Recursos Culturales de México” y desarrollar la agenda de trabajo establecida con el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes de México, Conaculta.
Artículo 2°. La Ministra de Cultura, tiene derecho al reconocimiento y pago de tres días y medio (3.5) por concepto de viáticos a razón de US$265 diarios, para un total de US$927.50, y tiquetes aéreos en la ruta Bogotá México, D. F.-Bogotá, sufragados con cargo al Presupuesto del Ministerio de Cultura, rubro presupuestal 2 02 10, según CDP 174del 20 de febrero de 20 expedido por el Grupo de Finanzas de la Secretaría General.
Artículo 3°. Encárgase a la doctora Marta Mercedes Castrillón Simmonds, Viceministra de Cultura, de las funciones del Despacho de la Ministra de Cultura, durante la ausencia de su titular.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 26 de febrero de 2002.
ANDRES PASTRANA ARANGO