DECRETO 3021 DE 2002

Decretos 2002

DECRETO 3021 DE 2002    

(diciembre  11)    

por  el cual se decide el aplazamiento de las elecciones para escoger 

  alcalde en el municipio de Concordia, en el departamento del Magdalena.    

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades  constitucionales y legales y en especial las conferidas por los artículos 189, numeral 4 de la Constitución  Política y 128 del Decreto  2241 de julio 15 de 1986, y    

CONSIDERANDO:    

Que  la Registraduría Nacional del Estado Civil, mediante calendario electoral fijó  el día 15 de diciembre de 2002 para realizar elecciones de alcalde por  vencimiento de período en el Municipio de Concordia, Magdalena;    

Que  el Gobernador del departamento del Magdalena, doctor José Domingo Dávila Armenta,  mediante Oficio 0742 de fecha 29 de noviembre de 2002, con fundamento en los  informes de operación y recomendaciones del Ejecutivo y Segundo Comandante del  Batallón de Infantería número 5 “Córdova”, Mayor Diego Eduardo Canales  Rodríguez, mediante Oficio 1404 BR‑2‑BICOR‑CDO del 29 de  noviembre de 2002 y recomendación del Director Seccional del DAS, Magdalena,  doctor Briden Aristizábal Jaramillo, mediante Oficio número 7991 DAS SMAG.GIN  del 21 de noviembre de 2002, solicita se estudie el aplazamiento de las  elecciones;    

Que mediante Comunicación 7991  DAS SMAG.GIN del 21 de noviembre de 2002, el Director Seccional del DAS,  Magdalena, doctor Briden Aristizábal Jaramillo, presentó un informe  preelectoral al Gobernador del departamento del Magdalena sobre la situación  del municipio de Concordia, recomendando se estudie la posibilidad de fijar  otra fecha para la realización de las elecciones, aduciendo, entre otros  hechos, los siguientes:    

– El  7 de noviembre de 2002 fue asesinado el candidato a la alcaldía, Eugenio Rafael  Escalante Ebrath, por grupos al margen de la ley.    

– En  virtud de este asesinato se presentaron situaciones que alteraron el orden  público, como fue la incineración de las instalaciones de la alcaldía, la sede  de la Registraduría y Telecom.    

– El  señor Aníbal Guillermo Castro Martínez, candidato por el Movimiento Político  Voluntad Popular, abandonó la región por temor ante la situación que registra  ese municipio;    

Que  en Oficio 1404 BR2 del 29 de noviembre de 2002, el Ejecutivo y Segundo  Comandante del Batallón de Infantería número 5 “Córdova”, estimó que por  alteración del orden público para llevar a cabo el proceso electoral es  prudente el aplazamiento inmediato de las elecciones en el municipio de  Concordia, departamento del Magdalena, dadas las condiciones allí existentes;    

Que  sobre el particular, el artículo 128 del Decreto 2241 de 1986  o Código Electoral, contempla que en caso de grave perturbación del orden  público que haga imposible el desarrollo de las votaciones, el respectivo  Gobernador, con aprobación del Presidente de la República, diferirá las  elecciones y comunicará a la Registraduría Nacional y al público en general,  con un (1) mes de anticipación por lo menos, la nueva fecha en que deban  verificarse;    

Que  la situación descrita impide el normal desarrollo del proceso electoral y  amenaza el derecho constitucional de los ciudadanos al libre ejercicio del  sufragio, configurando un hecho de grave perturbación de orde n público en  dicho municipio, que hace necesario autorizar al Gobernador del departamento  del Magdalena para que difiera las elecciones hasta que se restablezcan las  condiciones de orden público en la citada localidad,    

DECRETA:    

Artículo  1º. Autorizar al Gobernador del departamento del Magdalena para que difiera las  elecciones de alcalde en el municipio de Concordia, Magdalena, en los términos  del artículo 128 del Decreto 2241 de 1986.    

Artículo  2º. El presente decreto rige a partir de su expedición.    

Publíquese,  comuníquese y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. C., a 11 de diciembre de 2002.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El  Ministro de Justicia y del Derecho, encargado de las funciones del Despacho del  Ministro Interior,    

Fernando Londoño Hoyos.    

               

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