DECRETO 2961 DE 2002
(diciembre 4)
por el cual se modifica la Planta de Alumnos de las Escuelas de Formación
de Oficiales y se fija la Planta de Soldados de las Fuerzas Militares
para la vigencia de 2002.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los artículos 189 numeral l4 y 217 de la Constitución Política, y el artículo 2° del Decreto número 1793 de 2000,
DECRETA:
Artículo 1°. La Planta de Alumnos de las Escuelas de Formación de Oficiales para las Fuerzas Militares, durante la vigencia de 2002, quedará constituida de la siguiente forma:
Alféreces, Guardiamarinas y Cadetes 3.080
Artículo 2°. La Planta de Soldados para la vigencia de 2002 será la siguiente:
Soldados Regulares e Infantes de Marina 87.729
Soldados Campesinos 5.472
Soldados Alumnos y Grumetes 4.150
Soldados Profesionales 28.784
Soldados Voluntarios 29.076
TOTAL GENERAL 155.211
Artículo 3°. La presente planta será distribuida mediante resolución ministerial entre las Fuerzas Militares, de acuerdo a las necesidades del servicio.
Artículo 4°. Con el propósito de hacer viable la ejecución de esta planta de personal desde el punto de vista presupuestal, los movimientos de personal deberán hacerse en forma gradual, consultando estrictamente las necesidades de efectivos para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la Institución.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto número 1615 del 31 de julio de 2002 y todas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 4 de di ciembre de 2002.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Roberto Junguito Bonnet.
La Ministra de Defensa Nacional,
Marta Lucía Ramírez de Rincón.