DECRETO 2891 DE 2002

Decretos 2002

DECRETO 2891 DE 2002    

(noviembre 29)    

por el cual se señalan las bonificaciones para los  Soldados Campesinos.    

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo  de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Los Soldados Campesinos a que se refieren el  literal d) del artículo 13 de la Ley 48 de 1993 y el  literal d) del artículo 8° del Decreto  Reglamentario 2048 de 1993, percibirán las bonificaciones de que tratan los  artículos 13 incisos 1° y 3°, 14, 27 y 30 del Decreto  745 del 17 de abril de 2002.    

Artículo 2°. El presente decreto rige y surte efectos  fiscales a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 29 de noviembre de 2002.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Roberto Junguito Bonnet.    

La Ministra de Defensa Nacional,    

Marta Lucía Ramírez de Rincón.    

               

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