DECRETO 2655 DE 2002

Decretos 2002

DECRETO 2655 DE 2002    

(noviembre 15)    

por  el cual se autoriza a un funcionario del Ministerio de Trabajo y Seguridad  Social para aceptar una invitación.    

El  Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones  constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución  Política y el Decreto 2197 de 1996,  y    

CONSIDERANDO:    

Que Colombia hace parte como  Estado Miembro de la Organización Internacional del Trabajo, OIT;    

Que mediante comunicación del  1° de octubre de 2002, suscrita por el Embajador de la Misión Permanente de  Colombia ante la Oficina de las Naciones Unidas y los Organismos Internacionales  de Ginebra, invita al doctor Juan Luis Londoño de la Cuesta, Ministro de  Trabajo y Seguridad Social, a participar en la 285ª, Reunión del Consejo de  Administración de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, a realizarse  en Ginebra, Suiza del 7 al 22 de noviembre de 2002;    

Que con base en lo anterior,  el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social, solicita autorización para el  doctor Gabriel Mesa Cárdenas, Jefe Oficina Asesora de Asuntos Internacionales,  para que participe en la 285ª Reunión del Consejo de Administración de la  Organización Internacional del Trabajo, OIT;    

Que la Secretaría General de  la Presidencia de la República, da su autorización para adelantar los trámites de la Comisión de Servicios al exterior del doctor  Gabriel Mesa Cárdenas, Jefe Oficina Asesora de Asuntos Internacionales, para  que participe en la 285ª Reunión del Consejo de Administración de la  Organización Internacional del Trabajo, OIT;    

Que se cuenta con la  correspondiente disponibilidad presupuestal para atender los gastos que  ocasione esta comisión, con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal  número 400 del 13 de noviembre de 2002, expedido por el Grupo Financiero del  Ministerio de Trabajo y Seguridad Social;    

Que el artículo 129 de la Constitución Política  establece que los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o  recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del  Gobierno,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Autorízase al  doctor José Gabriel Mesa Cárdenas, Jefe de la Oficina Asesora de Asuntos  Internacionales, para que participe durante los días comprendidos entre el 17 y  el 22 de noviembre de 2002, en la 285ª Reunión del Consejo de Administración de  la Organización Internacional del Trabajo, OIT, a realizarse en Ginebra, Suiza.    

Artículo 2°. El Ministerio de  Trabajo y Seguridad Social, suministrará al doctor José Gabriel Mesa Cárdenas,  Jefe de la Oficina Asesora de Asuntos Internacionales, pasajes aéreos en clase  económica y viáticos, que se pagarán con cargo al Certificado de Disponibilidad  Presupuestal número 400 del 13 de noviembre de 2002, expedido por el Grupo Financiero  del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.    

Artículo 3°. El presente  decreto rige a partir de la fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 15 de  noviembre de 2002.    

ÁLVARO  URIBE   VÉLEZ    

El Ministro de Trabajo y  Seguridad Social,    

Juan Luis Londoño de la Cuesta.    

               

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