DECRETO 2504 DE 2002

Decretos 2002

DECRETO 2504 DE 2002    

(noviembre 5)    

por el cual se efectúa un reintegro en cumplimiento de  una orden judicial.    

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio  de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por  el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y  9° del artículo 9° del Decreto ley 2158  de 1992, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Gobierno Nacional mediante Decreto  231 de 2 de febrero de 1998 retiró del servicio a la doctora Lola del Río  de van‑Leenden, Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Ibagué,  Tolima;    

Que el Tribunal Administrativo del Tolima dentro del  proceso de nulidad y restablecimiento del derecho iniciado a instancia de la  doctora Lola del Río de van‑Leenden contra la Nación-Ministerio de  Justicia y del Derecho, ordenó en sentencia de 22 de noviembre de 1999 la  nulidad del Decreto  Presidencial 231 de 2 de febrero de 1998 y en consecuencia, su reintegro al  cargo de Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Ibagué (Tol.), si  éste no hubiere sido provisto mediante concurso de méritos o a otro de igual  categoría;    

Que el honorable Consejo de Estado mediante sentencia de  31 de enero de 2002, ejecutoriada el 18 de abril del mismo año, confirmó el  fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Ibagué (Tol.);    

Que de conformidad con la certificación de 20 de agosto  de 2002 expedida por la Superintendencia de Notariado y Registro, el cargo de  Registrador Principal código 2015 grado 27 de Instrumentos Públicos de Ibagué  (Tol.), a la fecha no ha sido provisto mediante concurso de méritos; y    

Que el numeral 9° del artículo 9° del Decreto ley 2158  de 1992 faculta al Presidente de la República para proveer los cargos de  Registrador Principal de Instrumentos Públicos;    

DECRETA:    

Artículo 1°. Reintegrar a la doctora Lola del Río de van‑Leenden  identificada con la cédula de ciudadanía 382.22.759 al cargo de Registrador  Principal código 2015 grado 27 de Instrumentos Públicos de Ibagué, Tolima, en  cumplimiento de la orden judicial impartida el 22 de noviembre de 1999 por el  Tribunal Administrativo del Tolima y confirmada por el H. Consejo de Estado  mediante sentencia del 31 de enero de 2002.    

Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su expedición.    

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 5 de noviembre de 2002.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro del Interior, encargado de las funciones del  Despacho del Ministro de Justicia y del Derecho,    

Fernando Londoño Hoyos.    

               

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