DECRETO 2491 DE 2002
(noviembre 5)
por el cual se establece la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho y se dictan otras disposiciones.
Nota: Derogado por el Decreto 202 de 2003, artículo 10.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con el literal n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Justicia y del Derecho presentó el estudio de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998, 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, para efectos de establecer su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó Certificado de Viabilidad Presupuestal,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprimir de la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho los siguientes cargos:
N° Denominación del Empleo Código Grado
Despacho Ministro
1 (uno) Ministro 0005 ‑‑
1 (uno) Profesional Universitario 3020 10
3 (tres) Asistente Administrativo 4140 17
2 (dos) Secretario Ejecutivo 5040 24
3 (tres) Auxiliar Administrativo 5120 16
2 (dos) Secretario Ejecutivo D. M. 5230 26
5 (cinco) Conductor Mecánico 5310 17
4 (cuatro) Asesores 1020 17
4 (cuatro) Asesores 1020 16
4 (cuatro) Asesores 1020 15
4 (cuatro) Asesores 1020 14
4 (cuatro) Asesores 1020 13
4 (cuatro) Asesores 1020 12
3 (tres) Asesores 1020 11
Despacho Viceministro
1 (uno) Viceministro 0020 –
1 (uno) Asistente Administrativo 4140 17
1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 16
2 (dos) Secretario Ejecutivo D. V. 5240 25
3 (tres) Conductor Mecánico 5310 17
Planta Global
1 (uno) Secretario General 0035 22
1 (uno) Director Técnico Ministerio 0100 22
7 (siete) Director Técnico Ministerio 0100 21
2 (dos) Jefe de Oficina 0137 20
2 (dos) Jefe de Oficina Asesora 1045 14
3 (tres) Asesor 1020 12
6 (seis) Profesional Especializado 3010 25
8 (ocho) Profesional Especializado 3010 24
20 (veinte) Profesional Especializado 3010 23
16 (dieciséis) Profesional Especializado 3010 22
7 (siete) Profesional Especializado 3010 18
16 (dieciséis) Profesional Universitario 3020 14
8 (ocho) Profesional Universitario 3020 12
1 (uno) Profesional Universitario 3020 8
15 (quince) Técnico Administrativo 4065 17
1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 24
9 (nueve) Secretario Ejecutivo 5040 23
9 (nueve) Secretario Ejecutivo 5040 22
2 (dos) Auxiliar Administrativo 5120 23
17 (diecisiete) Auxiliar Administrativo 5120 15
10 (diez) Auxiliar Administrativo 5120 13
2 (dos) Operario Calificado 5300 19
1 (uno) Operario Calificado 5300 13
17 (diecisiete) Conductor Mecánico 5310 15
42 (cuarenta
y dos) Aux. Servicios Generales 5335 13
Artículo 2°. Las funciones propias del Ministerio de Justicia y del Derecho serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:
Despacho del Ministro
1 (uno) Ministro 0005 –
3 (tres) Asesor 1020 17
4 (cuatro) Asesor 1020 16
2 (dos) Asesor 1020 15
1 (uno) Asesor 1020 14
1 (uno) Asesor 1020 12
1 (uno) Asesor 1020 11
1 (uno) Asistente Administrativo 4140 17
1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 18
7 (siete) Conductor Mecánico 5310 17
1 (uno) Conductor Mecánico 5310 15
4 (cuatro) Secretario Ejecutivo del Despacho de Ministro 5230 26
1 (uno) Técnico Administrativo 4065 18
1 (uno) Técnico Administrativo 4065 15
Despacho del Viceministro
1 (uno) Viceministro 0020 ‑
2 (dos) Secretario Ejecutivo del Despacho del Viceministro 5240 25
1 (uno) Conductor Mecánico 5310 17
1 (uno) Conductor Mecánico 5310 15
Planta Global
1 (uno) Secretario General de Ministerio 0035 22
4 (cuatro) Director Técnico 0100 22
2 (dos) Jefe de Oficina 0137 20
1 (uno) Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 14
1 (uno) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 14
3 (tres) Asesor 1020 14
17 (diecisiete) Profesional Especializado 3010 25
20 (veinte) Profesional Especializado 3010 24
8 (ocho) Profesional Especializado 3010 23
7 (siete) Profesional Especializado 3010 22
5 (cinco) Profesional Especializado 3010 20
2 (dos) Profesional Especializado 3010 18
3 (tres) Profesional Especializado 3010 16
12 (doce) Profesional Universitario 3020 14
2 (dos) Profesional Universitario 3020 13
4 (cuatro) Profesional Universitario 3020 8
10 (diez) Profesional Universitario 3020 4
10 (diez) Técnico Administrativo 4065 18
2 (dos) Técnico Operativo 4080 18
6 (seis) Técnico Administrativo 4065 17
1 (uno) Técnico Administrativo 4065 12
9 (nueve) Secretario Ejecutivo 5040 24
1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 20
6 (seis) Auxiliar Administrativo 5120 16
2 (dos) Auxiliar Administrativo 5120 15
1 (uno) Auxiliar Administrativo 5120 14
3 (tres) Auxiliar Administrativo 5120 13
2 (dos) Operario Calificado 5300 19
1 (uno) Operario Calificado 5300 15
1 (uno) Operario Calificado 5300 13
1 (uno) Conductor Mecánico 5310 17
8 (ocho) Conductor Mecánico 5310 15
32 (treinta y dos) Auxiliar de Servicios Generales 5335 13
Artículo 3°. El Ministro de Justicia y del Derecho, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta de personal global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la entidad.
Artículo 4°. Los empleados de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° del presente decreto, tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a empleo equivalente, de conformidad con lo consagrado en la Ley 443 de 1998 y, los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998, 2504 de 1998 y con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto‑ley 1568 de 1998.
Artículo 5°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto 1572 de 1998 y el artículo 1° del Decreto 2504 de 1998.
Artículo 6°. El presente decreto rige a partir del 16 de noviembre de 2002 y deroga el Decreto 1891 del 28 de septiembre de 1999 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de noviembre de 2002
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro del Interior encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Justicia y del Derecho,
Fernando Londoño Hoyos.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Roberto Junguito Bonnet.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.