DECRETO 1961 DE 2002
(septiembre 2)
por el cual se modifica el Decreto 666 de 2002.
Nota: Derogado por el Decreto 3536 de 2003 ,artículo 16.
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
Artículo 1°. Modifícase el Decreto 666 de 2002, en el sentido de indicar que la remuneración mensual del cargo de Secretario de la Presidencia de la República 140-41, Secretaría Privada, será la misma que por todo concepto reciba el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Artículo 2°: El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de septiembre de 2002.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Roberto Junguito Bonnett.
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Alberto Velásquez Echeverri.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.