DECRETO 1915 DE 2002

Decretos 2002

DECRETO 1915 DE 2002    

(agosto 27)    

por el cual se  adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2002.    

Nota: Ver Decreto 2159 de 2002.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en  especial la que le confiere el artículo 33 del Estatuto Orgánico del  Presupuesto, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Congreso de la República en  virtud del artículo 349 de la Constitución Política  expidió la Ley 714 de 2001, por  la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal  de 2002, el cual se liquidó por medio del Decreto 2888 de 2001;    

Que el artículo 352 de la Constitución Política le  otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente  a la, programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto  General de la Nación;    

Que la Unidad Administrativa Especial  Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y la Unidad de Información y  Análisis Financiero, UIAF, recibieron del Ministerio de Justicia y del Derecho  la suma de $3.547.500.000 y $473.000.000 respectivamente, en aplicación del  “Memorando Complementario para Establecer Mecanismos con el fin de ejecutar el  Memorando de Entendimiento del 24 de julio de 1990”, suscrito el 28 de octubre  de 1998 entre los gobiernos de Colombia y Estados Unidos de América;    

Que mediante Resolución número 1824 del  13 de marzo de 2000 de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos  y Aduanas Nacionales, DIAN y mediante Resolución número 040 del 14 de junio de  2000 de la Unidad de Información y Análisis Financiero, UIAF, incorporaron los  recursos provenientes de la distribución efectuada por el Ministerio de  Justicia y del Derecho;    

Que mediante Decreto  número 1787 del 28 de agosto de 2001 del Ministerio de Hacienda y Crédito  Público se adicionó el presupuesto de ingresos y gastos de la Unidad  Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN por  valor de $3.480.429.487 y la Unidad de Información y Análisis Financiero, UIAF  por valor $246.060.087;    

Que de los anteriores recursos, quedaron  $1.791.199.556 correspondientes a los saldos por comprometer por $858.899.992  según certificación del 17 de junio de 2002 expedida por Jefe de la División de  Presupuesto y a los rendimientos financieros por $932.299.564 según  certificación del 5 de marzo de 2002 expedida por los Jefes de las Divisiones  de Tesorería y Contabilidad de la Unidad Administrativa Especial Dirección de  Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN y $35.059.665 en la Unidad de Información  y Análisis Financiero, UIAF, correspondientes a los saldos por comprometer por  $16.388.507 y a los rendimientos financieros por $18.388.507 de acuerdo con  certificación del 24 de abril de 2002 expedida por la jefe del Area de  Presupuesto y Tesorería de esa entidad;    

Que de conformidad con el artículo 33  del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de  asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen  parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se  incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante |decreto del  Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor;    

Que por lo anterior es necesario  adicionar el Presupuesto General de la Nación del año 2002,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la  siguiente adición en el presupuesto general de la nación para la vigencia  fiscal de 2002, en la suma de un mil ochocientos veintiséis millones doscientos  cincuenta y nueve mil doscientos veintiún pesos ($1.826.259.221) moneda legal,  según el siguiente detalle:    

RENTAS D EL  PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION    

1. Ingresos del presupuesto nacional 1.826.259.221    

2. Recursos de capital de la Nación 1.826.259.221    

Artículo 2°. Presupuesto de gastos. Efectúase la siguiente adición al  Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31  de diciembre de 2002, en la suma de un mil ochocientos veintiséis millones  doscientos cincuenta y nueve mil doscientos veintiún pesos ($1.826.259.221)  moneda legal, según el siguiente detalle:    

ADICIONES-PRESUPUESTO  GENERAL DE LA NACION    

Cta. Subc. Concepto                 Aporte      Recursos      Total    

Prog Subp                              Nacional      Propios    

SECCION 1310    

UNIDAD  ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCION    

 DE IMPUESTO Y ADUANAS NACIONALES    

A. Presupuesto de funcionamiento 1.791.199.556 1.791.199.556    

Total presupuesto Sección 1.791.199.556 1.791.199.556    

SECCION 1312    

UNIDAD DE  INFORMACION Y ANALISIS FINANCIERO    

A. Presupuesto de funcionamiento 35.059.665 35.059.665    

Total presupuesto Sección 35.059.665           35.059.665    

Artículo 3°. El presente |decreto rige a  partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 27 de agosto de  2002.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito  Público,    

Roberto Junguito Bonnet.    

               

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