DECRETO 1475 DE 2002
(julio 15 de 2002)
por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Transporte.
Nota 1: Derogado por el Decreto 2054 de 2003, artículo 9º.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 1491 de 2003.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal del Ministerio de Transporte los siguientes empleos:
No. de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
PLANTA GLOBAL
1 Uno Profesional Universitario 3020 05
1 Uno Auxiliar Administrativo 5120 13
2 Dos Auxiliar Administrativo 5120 11
Artículo 2°. Crear un empleo en la Planta de Personal del Ministerio de Transporte, así:
No. de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
PLANTA GLOBAL
1 Uno Asesor 1020 08
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 541 de 2000.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 15 de julio de 2002.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Manuel Santos Calderón.
El Ministro de Transporte,
Gustavo Adolfo Canal Mora.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.