DECRETO 1200 DE 2002
(junio 5)
por el cual se retira del servicio a un notario y se efectúa un nombramiento
en interinidad.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 181 y 182 del Decreto Ley 960 de 1970, 5° del Decreto 2163 de 1970, 66 y 74 del Decreto Reglamentarlo 2148 de 1983 y 1° del Decreto 3047 de 1989, y
CONSIDERANDO:
Que el doctor Aníbal Antonio Fernández de Soto, Notario 52 del Círculo de Bogotá, D. C. cumplió 65 años de edad el 13 de octubre de 1999, según se infiere de la copia de la partida de bautismo que reposa en los archivos de la Superintendencia de Notariado y Registro;
Que el Decreto 3047 de 1989, establece como edad de retiro forzoso para los notarios, la de 65 años;
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 182 del Decreto ley 960 de 1970, el retiro se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio Público, de la Vigilancia Notarial, o de oficio, dentro del mes siguiente a la ocurrencia de la causa;
Que por los motivos mencionados se hace necesario retirar del servicio al doctor Aníbal Antonio Fernández de Soto y proveer el cargo de Notario 52 del Círculo de Bogotá, D. C.;
Por lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Retírase del servicio al doctor Aníbal Antonio Fernández de Soto, identificado con la cédula de ciudadanía 140212 expedida en Bogotá, D. E., Notario 52 del Círculo de Bogotá, D. C., por las razones expuestas en los considerandos de este decreto.
Artículo 2°. Nómbrase en interinidad en el cargo de Notario 52 del Círculo de Bogotá, D. C., al doctor Gabriel Uribe Roldán, identificado con la cédula de ciudadanía 19387160 expedida en Bogotá.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 5 de junio de 2002.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.