DECRETO 12 DE 2002

Decretos 2002

DECRETO 12 DE 2002    

(abril 5)    

por el cual se aclara  el artículo 6° del Decreto 33 de 2001.    

El Presidente  de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y  legales, en especial las que le confieren el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política,  con sujeción a las normas generales señaladas en las Leyes 48 de 1983 y 7ª de 1991,    

DECRETA:    

Artículo 1°.  Aclárese el artículo 6° del Decreto 33 de 2001,  en el sentido de precisar que el término de caducidad a que se refiere la  citada disposición, se aplica a los Certificados de Reembolso Tributario, CERT,­  reconocidos y expedidos con posterioridad a la vigencia del mencionado decreto.    

Artículo 2°.  El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y  cúmplase.    

Dado en  Bogotá, D. C., a 5 de abril de 2002.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

Juan Manuel Santos.    

La Ministra de  Comercio Exterior,    

Angela María Orozco Gómez.    

               

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