DECRETO 1137 DE 2002
(mayo 29)
por el cual se autoriza para aceptar una invitación, se confiere una comisión
de servicios al exterior a la Viceministra del Medio Ambiente y se hace un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 189 numeral 18 y 129 de la Constitución Política, el artículo 4° del Decreto 1050 de 1997, el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973 y el Decreto 2197 de 1996, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio del Medio Ambiente de la República del Ecuador, extendió invitación al Ministerio del Medio Ambiente para asistir del 29 de mayo al 1° de junio de 2002 a la Primer Cumbre Iberoamericana de Ministros de Turismo y Medio Ambiente, en la ciudad de Quito-Islas Galápagos;
Que es de gran importancia para el país, la participación de la señora Viceministra del Medio Ambiente, encargada de las funciones del Despacho del Ministro del Medio Ambiente, en el mencionado evento;
Que los costos por concepto de tiquetes aéreos y viáticos, serán sufragados por el Ministerio del Medio Ambiente de la República del Ecuador;
Que el Ministerio del Medio Ambiente de la República de Colombia, cubrirá una tarifa diferencial por concepto de gastos de viaje, por valor de US$80, según certificado de Disponibilidad Presupuestal número 240 del 17 de mayo de 2002;
Que el artículo 129 de la Constitución Política establece que los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros y organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase a la doctora Claudia Martínez Zuleta, Viceministra del Medio Ambiente, para aceptar el pago de los tiquetes aéreos y viáticos por parte del Ministerio del Medio Ambiente de la República del Ecuador, con el fin de participar en la Primer Cumbre Iberoamericana de Ministros de Turismo y Medio Ambiente, que se realizará en la ciudad de Quito‑Islas Galápagos, entre el 29 de mayo al 1° de junio de 2002.
Artículo 2°. La doctora Claudia Martínez Zuleta, tendrá derecho a viáticos de US$80, que serán cancelados por el Ministerio del Medio Ambiente de la República de Colombia, según certificado de Disponibilidad Presupuestal número 240 del 17 de mayo de 2002, valor que cubrirá una tarifa diferencial por concepto de gastos de viaje.
Artículo 3°. Encárgase de las funciones del Despacho de la Viceministra del Medio Ambiente a la doctora Claudia Mora Pineda, actual Secretaria General, mientras dura la ausencia de la titular.
Artículo 4°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 29 de mayo de 2002.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Educación Nacional, encargado de las funciones del despacho del Ministro del Medio Ambiente,
Francisco José Lloreda Mera.