DECRETO 1068 DE 2002

Decretos 2002

DECRETO 1068 DE 2002    

(mayo 24)    

por el cual se hace un nombramiento de un  gerente general 

  ad hoc del Inurbe.    

El Presidente de la República de Colombia en ejercicio de las  facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el  numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y  el artículo 30 del Código Contencioso Administrativo, y    

CONSIDERANDO:    

Que mediante Resolución 0402 del 20 de mayo de 2002 proferida  por el Ministro de Desarrollo Económico, se aceptó el impedimento presentado  por el doctor Iván Rodrigo Alvarado Gaitán, Gerente General del Instituto  Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, para conocer  de la Investigación Disciplinaria número 037‑00, adelantada contra el  doctor Carlos Alberto Giraldo García, ex subgerente administrativo y financiero  del Inurbe;    

Que de conformidad con lo dispuesto en el literal h) del  artículo 61 de la Ley 489 de 1998, los  Ministros actúan como superiores inmediatos, sin perjuicio de la función  nominadora, de los superintendentes y representantes legales de las Entidades  Descentralizadas adscritas o vinculadas a los ministerios;    

Que de acuerdo con el artículo 30 del Código Contencioso  Administrativo, reconocido el impedimento se puede designar funcionario ad hoc para que asuma el conocimiento  del asunto;    

Que en virtud del artículo 189 numeral 13 de la Constitución  Política, el Presidente de la República es el nominador del Gerente General del  Inurbe, y que al habérsele aceptado el impedimento manifestado, se hace  necesario nombrar un gerente general ad  hoc del Inurbe,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Nómbrase como Gerente General ad hoc del Instituto Nacional de  Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, al doctor Mauricio Zuluaga  Ruiz, actual Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,  para resolver el recurso de apelación en la Investigación Disciplinaría número  037‑00, adelantada contra el doctor Carlos Alberto Giraldo García, ex  subgerente, administrativo y financiero del Inurbe.    

Artículo 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de  su expedición.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de mayo de 2002.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Desarrollo Económico,    

Eduardo Pizano De Narváez.    

               

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