DECRETO 1060 DE 2002

Decretos 2002

DECRETO 1060 DE 2002    

(mayo 24)    

por el cual se da cumplimiento a un fallo de la Procuraduría  General de la Nación, mediante el cual se impone una sanción disciplinaria al  ex Director General 

  de la Caja de Previsión Social de Comunicaciones “Caprecom”.    

El Presidente  de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales en particular las  previstas en los artículos 94, 95 de la Ley 200 de 1995,    

CONSIDERANDO:    

Que la  Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal, adelantó  investigación disciplinaria contra el señor Hernán Mogollón Bacca, que culminó  con f allo de fecha 19 de septiembre de 2001, mediante el cual la Procuraduría  delegada para la contratación estatal resolvió sancionar con destitución al señor Hernán José  Mogollón Bacca, identificado con la cédula de ciudadanía número 19204311, de  Bogotá del cargo de Director General de la Caja de Previsión Social de  Comunicaciones, Caprecom, y como consecuencia de la sanción anterior lo declaró  inhabilitado por cinco (5) años para desempeñar cargos públicos;    

Que contra la medida disciplinaría antes mencionada el doctor  Hernán José Mogollón Bacca interpuso el recurso de apelación, que fuera  resuelto por la Sala Disciplinaría de la Procuraduría General de la Nación,  mediante fallo de fecha 19 de octubre de 2001, confirmando la decisión  recurrida.    

De acuerdo con el artículo 49 del Código Contencioso  Administrativo y de conformidad con el pronunciamiento del 28 de julio de 1994,  con Radicación 624 de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de  Estado, los actos mediante los cuales el Presidente de la República da  cumplimiento a una sanción disciplinaría a instancias de autoridad competente,  son de ejecución y contra los mismos no procede recurso alguno;    

Que en mérito de lo expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Sanciónase al doctor Hernán José Mogollón Bacca,  identificado con la cédula de ciudadanía número 19204311 de Bogotá, con  destitución del cargo de Director General de la Caja de Previsión Social de  Comunicaciones, Caprecom, declarándolo inhabilitado por el término de cinco (5)  años para desempeñar cargos públicos de acuerdo a lo expuesto en la parte  motiva del presente decreto.    

Artículo 2°. Ordénase anotar en la Hoja de Vida del doctor  Hernán José Mogollón Bacca, la sanción impuesta por la Procuraduría General de  la Nación y remítase copia del presente decreto a dicha entidad.    

Artículo 3°. Contra el presente decreto no procede recurso  alguno de conformidad con lo previsto en el artículo 49 del Código Contencioso  Administrativo.    

Artículo 4°. El presente Decreto rige a partir de su  expedición.    

Comuníquese, publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 24 de mayo de 2002.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El  Ministro de Trabajo y Seguridad Social,    

Angelino Garzón.    

               

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