DECRETO 987 DE 2000
(junio 1°)
por el cual se autoriza a la Directora del Instituto Colombiano para el Desarrollo
de la Ciencia y la Tecnología, Francisco José de Caldas, Colciencias,
para aceptar una invitación y se hace un encargo.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Política, los artículos 34 y 96 del Decreto 1950 de 1973 y los Decretos 1050 y 2004 de 1997, y
CONSIDERANDO:
Que la doctora Margarita Garrido de Payán, Directora de Colciencias, ha sido invitada por la Corporación Andina de Fomento-CAF-para participar en los actos conmemorativos del trigésimo aniversario de la Corporación, los cuales se llevarán a cabo en la ciudad de Caracas, Venezuela, entre el 6 y el 7 de junio del año 2000;
Que la participación de Colciencias en el evento mencionado es de gran importancia ya que una de las actividades del evento es la entrega del Premio CAF en Investigación Tecnológica, cuyo proceso en Colombia ha sido coordinado y liderado por Colciencias para la selección de tres colombianos que concursarán a nivel regional por el premio en mención. Adicionalmente será una oportunidad para establecer contactos que propendan por acciones conjuntas de desarrollo científico y tecnológico entre los países andinos;
Que la invitación efectuada a la doctora Margarita Garrido de Payán incluye los gastos de viaje y alojamiento por cuenta de la Corporación Andina de Fomento,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase a la doctora Margarita Garrido de Payán, Directora General del Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología Francisco José de Caldas, Colciencias, para aceptar la invitación formulada por la Corporación Andina de Fomento-CAF-con el fin de participar en los actos conmemorativos del trigésimo aniversario de la Corporación, que se llevarán a cabo en Caracas, Venezuela, entre el 6 y el 7 de junio del año 2000. En virtud de la presente autorización la funcionaria queda facultada para recibir de la CAF los gastos de viaje y alojamiento.
Artículo 2°. Mientras dura la comisión de servicios que se concederá mediante resolución del Departamento Nacional de Planeación, con fundamento en este decreto, encárgase de la Dirección del Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología Francisco José de Caldas-Colciencias-al doctor Hernando Ochoa Núñez, Secretario General del mismo organismo.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 1° de junio de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Director del Departamento Nacional de Planeación,
Mauricio Cárdenas Santamaría.