DECRETO 954 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 954 DE 2000    

(mayo 26)    

por el cual se autoriza al Jefe  de la División de Capacitación de la Administración Postal Nacional para  aceptar una invitación.    

El Presidente de la Republica  de Colombia, en ejercicio de sus facultades Constitucionales y Legales, en  especial de las que le confiere el artículo 129 de la Constitución Política,    

CONSIDERANDO:    

Que el Director General  de la Unión Postal Universal-UPU, mediante escrito de fecha 18 de octubre de  1999, ofrece una beca a la Administración Postal Nacional, para participar en  el Taller de Formación de Instructores Trainpost, evento que se llevará a cabo  en la ciudad de Santo Domingo (República Dominicana), entre el 29 de mayo y el  9 de junio de 2000;    

Que el Director General  de la Administración Postal Nacional, mediante oficio número 0403 de 3 de marzo  de 2000, presentó como candidato al doctor Alfredo Gutiérrez Rodríguez, Jefe de  la División de Capacitación y envió los documentos solicitados por la UPU;    

Que mediante oficio  Número 7563 (G) M 12 de mayo M 2000, suscrito por el jefe ATC, Sección-UPU,  informa que se ha concedido una beca al doctor Alfredo Gutiérrez Rodríguez,  para participar en el seminario anteriormente señalado;    

Que los gastos  correspondientes a transporte, viáticos y seguro asistencial generados por la  Comisión de Servicios al Exterior, serán cubiertos en su totalidad por la Unión  Postal Universal UPU y la Unión Postal de las Américas, España y Portugal-UPAEP;    

Que en mérito de lo  expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Autorízase  al doctor Alfredo Gutiérrez Rodríguez, identificado con la cédula de ciudadanía  número 19470202 de Bogotá en su calidad de Jefe de la División Capacitación de  la Administración Postal Nacional-Adpostal, para aceptar la beca ofrecida por  la Unión Postal Universa1-UPU y la Unión Posta1 de las Américas, España y  Portugal-UPAEP, para participar en el Taller de Formación de Instructores  Trainpost; evento que se llevará a cabo en la ciudad de Santo Domingo, entre el  29 de mayo y el 9 de junio de 2000.    

Artículo 2°. El presente Decreto  rige a partir de la fecha de su expedición    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de  Bogotá, D. C, a 26 de mayo de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

La Ministra de  Comunicaciones,    

Claudia de Francisco.              

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