DECRETO 939 DE 2000
(mayo 25)
por el cual se integra la delegación que participará en la 88ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo.
Nota: Modificado por el Decreto 1006 de 2000.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que Colombia hace parte como Estado Miembro de la Organización Internacional del Trabajo;
Que de acuerdo con el artículo 3° numeral 1 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo, “la Conferencia General de los representantes de los Miembros celebrará reuniones cada vez que sea necesario, y por lo menos una vez al año; se compondrá de cuatro representantes de cada uno de los Miembros, dos de los cuales serán delegados del Gobierno y los otros dos representarán, respectivamente, a los empleadores y a los trabajadores de cada uno de los miembros”;
Que de conformidad con el artículo 3° numeral 2 de la Constitución en comento, “cada delegado podrá estar acompañado de dos Consejeros Técnicos, como máximo, por cada uno de los puntos que figuren en el orden del día de la reunión. “Cuando en la Conferencia deban discutirse cuestiones de especial interés para las mujeres, entre las personas designadas como Consejeros Técnicos una, por lo menos, deberá ser mujer”;
Que el orden del día de la 88ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, incluye los siguientes puntos que serán objeto de discusión: Revisión del Convenio sobre la protección de la maternidad (revisado), 1952 (núm. 103) y de la Recomendación sobre la protección de la maternidad, 1952 (núm. 95) (segunda discusión); Desarrollo de recursos humanos: orientación y formación profesional (discusión general); Seguridad y salud en la agricultura (primera discusión); Retiro del Convenio sobre las horas de trabajo (minas de carbón), 1931 (núm. 31), del Convenio (revisado) sobre las horas de trabajo (minas de carbón), 1935 (núm. 46), del Convenio sobre la reducción de las horas de trabajo (obras públicas), 1936 (núm. 51), del Convenio sobre la reducción de las horas de trabajo (industria textil), 1937 (núm. 61) y del Convenio sobre los trabajadores migrantes, 1939 (núm. 66),
DECRETA:
Artículo 1°. Intégrase la Delegación a la 88ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, a celebrarse en Ginebra, Suiza, del 30 de mayo al 15 de junio del 2000, la cual estará precedida por las reuniones de los Grupos respectivos, el lunes 29 de mayo, de la siguiente manera:
Delegados Gubernamentales:
Doctora Gina Magnolia Riaño Barón, Ministra de Trabajo y Seguridad Social, quien la preside.
Doctor Camilo Reyes Rodríguez, Embajador de la Misión Permanente de Colombia ante la ONU y otros organismos internacionales.
Delegado Suplente Gubernamental:
Doctor Fabio Olmedo Palacio Valencia, Viceministro de Trabajo y Seguridad Social.
Consejeros Técnicos de los Delegados Gubernamentales:
Doctora Amparo Alicia Oviedo, Ministra Consejera de la Misión Permanente de Colombia ante la ONU y otros Organismos Internacionales con sede en Ginebra.
Doctor Carlos Isaac Náder, Presidente Sala de Casación Laboral, Corte Suprema de Justicia.
Doctor Alfredo Beltrán Sierra, honorable Magistrado de la Corte Constitucional.
Doctor Carlos Gaviria Díaz, honorable Magistrado de la Corte Constitucional.
Doctor Alberto Arango Mantilla, Presidente Sección Segunda del Consejo de Estado.
Doctora Lucía Arbeláez de Tobón, honorable Magistrada de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura.
Doctor Luis Carlos Sáchica, Asesor Externo Despacho Ministra de Trabajo y Seguridad Social.
Doctor Jorge Iván Palacios Mejía, Asesor Externo Despacho Ministra de Trabajo y Seguridad Social.
Doctor Jorge Villada, Asesor Externo Despacho Ministra de Trabajo y Seguridad Social.
Doctor José Orlando Rodríguez Guerrero, Asesor Externo Despacho Ministra de Trabajo y Seguridad Social.
Doctora Diana Muñoz Jiménez, Jefe Oficina Asesora de Asuntos Internacionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Doctor Hernando Ruiz López, Director de Formación Profesional del SENA.
Delegado Trabajador:
Señor Héctor Fajardo Abril, Secretario General de la Central Unitaria de Trabajadores, CUT.
Consejeros Técnicos del Delegado Trabajador:
Señor Julio Roberto Gómez Esguerra, Secretario General Confederación de Trabajadores Democráticos de Colombia, CGTD.
Señor Apécides Alvis Fernández, Presidente de la Confederación de Trabajadores de Colombia, CTC.
Señor Miguel Antonio Caro, Vicepresidente Central Unitaria de Trabajadores, CUT.
Señora Miryam Luz Triana Alvis, Secretaria de Finanzas, Confederación de Trabajadores Democráticos de Colombia, CGTD.
Señor Miguel Morantes, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de Colombia, CTC.
Señor Luis Ernesto Medina Dueñas, Presidente de la Federación de Trabajadores de Colombia, Fetraboc.
Señor Juan José Pedraza Becerra, Secretario General de Sintrava.
Señora Nasly Mendoza Peña, Tesorera del Sindicato Nacional de Industria de los Trabajadores de las Comunicaciones de Colombia, Sintracomunicaciones.
Doctor Alberto León Gómez, Abogado Laboralista, Comisión Colombiana de Juristas.
Señor Mario de J. Valderrama, Presidente de la Confederación de Trabajadores Democráticos de Colombia, CGTD.
Delegado Empleador:
Doctor Luis Carlos Villegas Echeverri, Presidente Asociación Nacional de Industriales (ANDI).
Delegado Suplente y Consejero Técnico del Delegado Empleador:
Doctor Alberto Echavarría Saldarriaga, Vicepresidente de Asuntos Jurídicos y Sociales de la Asociación Nacional de Industriales (ANDI).
Consejeros Técnicos del Delegado Empleador:
Doctor Fernando Ojalvo Prieto, Comité de Laboralistas de la ANDI.
Doctor Humberto Jairo Jaramillo, Comité de Laboralistas de la ANDI.
Doctor Pedro Luis Franco, Comité de Laboralistas de la ANDI.
Doctor José Fernando Torres, Comité de Laboralistas de la ANDI.
Doctor Luis Guillermo Restrepo, Convenio ANDI-Acrip.
Doctora Martha Monsalve Cuéllar, Comité Empresas Temporales-ANDI.
Doctor Jairo Burgos, Comité de Laboralistas ANDI.
Doctor Octavio del Río, Comité de Laboralistas-ANDI.
En calidad de Observador:
Doctor Ariel Armel Arenas, Presidente de la Confederación Colombiana de Consumidores.
Adicionados por el Decreto 1006 de 2000, artículo 1º. -Jaime Córdoba Triviño, Vicefiscal General de la Nación en calidad de Consejero.
-Técnico de los delegados gubernamentales, y
-Luis Fernando Forero Gómez, Director Jurídico de la Sociedad de Agricultores de Colombia, SAC, como Consejero Técnico del Delegado Empleador.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 25 de mayo de 2000.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Guillermo Fernández de Soto.
La Ministra de Trabajo y Seguridad Social,
Gina Magnolia Riaño Barón.