DECRETO 874 DE 2000

Decretos 2000

DECRETO 874 DE 2000    

(mayo 15)    

por el cual se ordena una  comisión.    

El Presidente de la  República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en  especial de las que le confiere el numeral 2° del artículo 189 de la Constitución Política y  en desarrollo del parágrafo 2° del artículo 62 del Decreto 274 del año 2000, el  parágrafo del artículo 1° del Decreto  476 del año 2000 y el Decreto 67 de 1999,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Comisiónase  al doctor Víctor G. Ricardo, con rango de Embajador en Misión Especial, para  que, a partir del 16 de mayo del año 2000 y por el término de diez (10) días,  se traslade a las ciudades de Bruselas-Bélgica; Roma-Italia; París-Francia y  Madrid, España, con el fin de realizar la presentación del Proyecto Plan  Colombia.    

Artículo 2°. El doctor  Ricardo, tiene derecho a pasaje aéreo en clase ejecutiva en la ruta Santa Fe de  Bogotá-Madrid-Bruselas-Roma-París-Madrid-Santa Fe de Bogotá, por valor de ocho  millones sesenta y seis mil cien pesos ($8.066.100.00) y a la suma de  trescientos ochenta dólares (US$380) diarios por concepto de viáticos durante  nueve punto cinco (9.5) días.    

Artículo 3°. El pasaje  señalado en el presente decreto se pagará con cargo al presupuesto vigente del  Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y los viáticos con  cargo a la Caja Menor número 6 del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones  Exteriores constituida mediante Resolución número 0154 de fecha 18 de enero del  año 2000.    

Artículo 4°. El doctor  Ricardo, deberá rendir dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento de  esta comisión el informe sobre su cumplimiento tal como lo establece el  artículo 12 del Decreto 1050 de 1997.    

Artículo 5°. Este decreto  rige a partir de la fecha de su expedición.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado en Santa Fe de  Bogotá, D. C., a 15 de mayo de 2000.    

ANDRES PASTRANA ARANGO    

El Ministro de Relaciones  Exteriores,    

Guillermo Fernández de Soto.    

               

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *