DECRETO 870 DE 2000
(mayo 12)
por el cual se otorga la Orden a la Educación Superior y a la Fe Pública
“Luis López de Mesa”
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional mediante Decreto número 1655 del 25 de agosto de 1999, se creó la Orden a la Educación Superior y a la Fe Pública “Luis López de Mesa”;
Que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Educación Nacional quiere fomentar la calidad de los programas de educación superior, y exaltar aquellos que por razón de sus altos niveles de calidad han merecido ser acreditados en procesos voluntarios,
DECRETA:
Artículo 1°. Otorgar la Orden a la Educación y a la Fe Pública “Luis López de Mesa” a los siguientes programas académicos de educación superior:
Programa de Ingeniería Industrial, ofrecido por la Corporación Universitaria Tecnológica de Bolívar.
Programa de Ingeniería, Industrial, ofrecido por la Corporación Universitaria de Ibagué.
Programa de Contaduría Pública, ofrecido por la Corporación Universitaria de Ibagué.
Programa de Jurisprudencia, ofrecido por la Universidad Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario.
Programa de Bibliotecología, ofrecido por la Universidad de Antioquia.
Programa de Biología, ofrecido por la Universidad de Antioquia.
Programa de Contaduría Pública, ofrecido por la Universidad, de Antioquia.
Programa de Ingeniería Sanitaria, ofrecido por la Universidad, de Antioquia.
Programa de Odontología, ofrecido por la Universidad, del Bosque.
Programa de Medicina, ofrecido por la Universidad, del Bosque.
Programa de Ingeniería Mecánica, ofrecido por la Universidad Escuela de Administración y Finanzas y Tecnología, EAFIT.
Programa de Ingeniería Sistemas, ofrecido por la Universidad Escuela de Administración y Finanzas y Tecnología, EAFIT.
Programa de Geología, ofrecido por la Universidad Escuela de Administración y Finanzas y Tecnología, EAFIT.
Programa de Administración de Negocios, ofrecido por la Universidad Escuela de Administración y Finanzas y Tecnología, EAFIT.
Programa de Ingeniería Industrial, ofrecido por la Universidad Industrial de Santander.
Programa de Ingeniería Eléctrica, ofrecido por la Universidad Industrial de Santander.
Programa de Ingeniería Química, ofrecido por la Universidad Industrial de Santander.
Programa de Ingeniería Civil, ofrecido por la Universidad Industrial de Santander.
Programa de Fisioterapia, ofrecido por la Universidad Industrial de Santander.
Programa de Trabajo Social, ofrecido por la Universidad Pontificia Bolivariana.
Programa de Ingeniería Eléctrica ofrecido por la Universidad Tecnológica de Pereira.
Programa de Ingeniería Industrial, ofrecido por la Universidad Tecnológica de Pereira.
Programa de Contaduría Pública, ofrecido por la Pontificia Universidad Javeriana.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 12 de mayo de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Educación Nacional,
Germán Bula Escobar.