DECRETO 860 DE 2000
(mayo 11)
por el cual se confiere autorización a un funcionario del Instituto Geográfico Agustín Codazzi para aceptar una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Política, el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973 y,
CONSIDERANDO:
Que el funcionario Carlos Ernesto García Ruiz, identificado con cédula de ciudadanía número 79357546 de Bogotá, actual Profesional Especializado Código 3010 Grado 19 de la División de Ordenamiento Territorial de la Subdirección de Geografía del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, requiere autorización para aceptar el pago por parte de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón, JICA, de los tiquetes aéreos y gastos de estadía, necesarios para su participación en el curso “Global Mapping”, evento que tendrá lugar entre el 15 de mayo y el 30 de julio de 2000 en la ciudad de Tsukuba (Japón);
Que el artículo 129 de la Constitución Política establece que “Los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno”, prohibición concordante con lo dispuesto en el numeral 30 del artículo 41 de la Ley 200 de 1995;
Que de conformidad con el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973, las comisiones para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos internacionales o entidades particulares, solo podrán ser aceptadas previa autorización del Gobierno Nacional;
Que de conformidad con el artículo 1° del Decreto 1174 de 1999, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi es un organismo adscrito al Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE,
DECRETA:
Artículo 1°. Conferir autorización al funcionario Carlos Ernesto García Ruiz, ya identificado, actual Profesional Especializado Código 3010 Grado 19 de la División de Ordenamiento Territorial de la Subdirección de Geografía del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, para que previo trámite de la correspondiente comisión, acepte el pago por parte de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón, JICA, de los tiquetes aéreos y gastos de estadía, para su desplazamiento a la ciudad de Tsukuba, Japón, con ocasión de su participación en el curso “Global Mapping”, evento que tendrá lugar entre el 15 de mayo y el 30 de julio de 2000 en la citada ciudad.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 11 de mayo de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Director General del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE,
Mario René Verswyvel Villamizar.