DECRETO 839 DE 2001
(mayo 11)
por el cual se autoriza a una funcionaria de la Dirección Nacional de Estupefacientes para que acepte una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Política.
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría General de la Comunidad Andina, ha extendido invitación a la doctora Gloria Gómez, Subdirectora Estratégica de la Dirección Nacional de Estupefacientes, para que asistan a un Seminario-Taller sobre Cooperación en Materia de la Lucha Contra las Drogas y Delitos Conexos, que se realizará en Lima, Perú los días 14 y 15 de mayo de 2001;
Que la invitación comprende el pago, por parte de la organización del evento, de los gastos de transporte, alimentación y alojamiento de la funcionaria invitada;
Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 129 de la Constitución Política, “los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni para celebrar contratos con ellos, sin p revia autorización del Gobierno”.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase a la doctora Gloria Gómez, Subdirectora Estratégica de la Dirección Nacional de Estupefacientes, para que asistan a un Seminario-taller sobre Cooperación en Materia de la Lucha Contra las Drogas y Delitos Conexos, que se realizará en Lima, Perú los días 14 y 15 de mayo de 2001.
La presente autorización se extiende además para aceptar el pago de los gastos de transporte, alojamiento y alimentación de los funcionarios invitados, los cuales correrán de cargo exclusivo de la organización del evento.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de mayo de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.