DECRETO 838 DE 2001
(mayo 11)
por el cual se autoriza a una funcionaria de la Rama Judicial para que acepte una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que la Delegación de Cooperación Regional de la Embajada de Francia en Bogotá, el Servicio de Cooperación y Acción Cultural de la Embajada de Francia en la Paz (Bolivia), han formulado invitación a la doctora Martha Clara Niño Barbosa, Juez Promiscuo de Familia del Distrito Judicial de Villavicencio, para que participe en el Seminario Regional sobre Derechos de los Jóvenes Delincuentes frente a la ley, que se realizará en la Paz (Bolivia) del 16 al 18 de mayo del año en curso;
Que la invitación comprende el pago de los gastos de transporte y estadía;
Que para la Rama Judicial se hace necesaria la participación de la doctora Martha Clara Niño Barbosa, Jue z Promiscuo de Familia del Distrito Judicial de Villavicencio;
Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973 modificado por el artículo 1° del Decreto 2197 de 1996, “Las comisiones para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos internacionales, o entidades particulares sólo podrán ser aceptadas previa autorización del Gobierno Nacional”;
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase a la doctora Martha Clara Niño Barbosa, Juez Promiscuo de Familia del Distrito Judicial de Villavicencio, para que participe en el Seminario Regional sobre Derechos de los Jóvenes Delincuentes frente a la ley, que se realizará en La Paz (Bolivia), del 16 al 18 de mayo del año en curso;
Que la invitación comprende el pago de los gastos para apoyar su participación.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de mayo de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.