DECRETO 837 DE 2001
(mayo 11)
por el cual se autoriza a una Magistrada del Consejo Seccional de la Judicatura de Sucre para que acepte una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 129 y 189 numeral 18 de la Constitución Política,
CONSIDERANDO:
Que la Agencia Española de Cooperación Internacional, ha formulado invitación a la doctora Lina B. Cabrales Marrugo, Presidenta del Consejo Seccional de la Judicatura de Sucre, para que participe en el curso “Formación de Gestores de ONG” que se realizará en Santa Cruz de la Sierra (Bolivia) a partir del 4 al 8 de junio del año en curso;
Que la invitación comprende el pago de todos los gastos inherentes al curso, alojamiento y manutención;
Que para la Rama Judicial se hace necesaria la participación de la doctora Lina B. Cabrales Marrugo, Presidenta del Consejo Seccional de la Judicatura de Sucre;
Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 96 del Decreto 1950 de 1973 modificado por el artículo 1° del Decreto 2197 de 1996, “las comisiones para atender invitaciones de gobiernos extranjeros, organismos internacionales, o entidades particulares sólo podrán ser aceptadas previa autorización del Gobierno Nacional”;
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorízase a la doctora Lina B. Cabrales Marrugo, Presidenta del Consejo Seccional de la Judicatura de Sucre, para que participe en el curso “Formación de Gestores de ONG” que se realizará en Santa Cruz de la Sierra (Bolivia) a partir del 4 al 8 de junio del año en curso;
Que la invitación comprende el pago de los gastos para apoyar su participación.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá. D. C., a 11 de mayo de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.