DECRETO 825 DE 2001
(mayo 11)
por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2001.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República en virtud del artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 628 de 2000, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2001, el cual se liquidó por medio del Decreto 2790 de 2000;
Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación;
Que la Fiscalía General de la Nación recibió del Ministerio de Justicia y del Derecho, la suma de $4.635.400.000, en aplicación del “Memorando Complementario para Establecer Mecanismos con el fin de Ejecutar el Memorando de Entendimiento del 24 de julio de 1990”, suscrito el 28 de octubre de 1998 entre los Gobiernos de Colombia y Estados Unidos de América. Estos recursos fueron incorporados en el presupuesto de la vigencia fiscal de 2000 mediante Resolución 0355 del 1º de marzo 2000;
Que de los anteriores recursos quedaron por comprometer la suma de $128.361.346.26, según certificado del 23 de marzo de 2001 expedido por la Coordinadora Sección de Tesorería de la Fiscalía General de la Nación;
Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del presupuesto d e rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor;
Que por lo anterior es necesario adicionar el Presupuesto General de la Nación del año 2001,
DECRETA:
Artículo 1º. Presupuesto de rentas y recursos de capital. Efectúase la siguiente adición en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2001, en la suma de ciento veintiocho millones trescientos sesenta y un mil trescientos cuarenta y seis pesos con veintiséis centavos ($128.361.346.26) moneda legal, según el siguiente detalle:
RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
1. Ingresos del Presupuesto Nacional 128.361.346.26
2. Recursos de capital de la Nación 128.361.346.26
Artículo 2º. Presupuesto de gastos. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2001, en la suma de ciento veintiocho millones trescientos sesenta y un mil trescientos cuarenta y seis pesos con veintiséis centavos ($128.361.346.26) moneda legal, según el siguiente detalle:
ADICIONES-PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION
Cta. Subc Concepto Aporte Recursos Total
Prog Subp Nacional Propios
SECCION 290101
FISCALIA GENERAL DE LA NACION
A. Presupuesto de funcionamiento 128.361.346.26 128.361.346.26
Total presupuesto sección 128.361.346.26 128.361.346.26
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 11 de mayo de 2001.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
Rómulo González Trujillo.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Manuel Santos.