DECRETO 823 DE 2000
(mayo 8)
por el cual se retira del servicio activo de la Armada Nacional a unos oficiales.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto 1211 de 1990, artículo 128 y previo concepto de la Junta Asesora del Ministerio de Defensa,
DECRETA:
Artículo 1°. De conformidad con lo establecido en el Decreto 1211 de 1990, artículos 128, 129 literal a), numeral 3 y 132, por “llamamiento a calificar servicios” y con la fecha en cada caso indicada retírase del servicio activo de la Armada Nacional en forma temporal con pase a la reserva, a los oficiales relacionados a continuación, así:
Con fecha nueve (9) de mayo de 2000
Coronel de Infantería de Marina Luis Gustavo Rojas González, 7400108, perteneciente a la Escuela Superior de Guerra.
Con fecha veinte (20) de mayo de 2000
Capitán de Fragata Cuerpo Administrativo (Psicólogo) Roberto Enrique Vera Ruiz, 8395556, perteneciente a la Escuela Naval de Cadetes “Almirante Padilla”.
Con fecha veinticinco (25) de mayo de 2000
Capitán de Corbeta Cuerpo Logístico (Administración) Jairo Salazar Medina, 8019819, perteneciente a la Brigada Fluvial de Infantería de Marina.
Con fecha primero (1° ) de junio DE 2000
Capitán de Infantería de Marina Jaime Alberto Henao Vivas, 8337506, perteneciente al Batallón de Fusileros de Infantería de Marina N° 8.
Parágrafo. Los oficiales citados en el presente artículo, continuarán dados de alta en la Contaduría Principal del Cuartel General del Comando de la Armada por tres (3) meses a partir de la fecha de retiro, para la formación del correspondiente expediente de prestaciones sociales, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1211 de 1990, artículo 164.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 8 de mayo de 2000
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Defensa Nacional,
Luis Fernando Ramírez Acuña.
DECRETO NÚMERO 823 DE 2000
(mayo 8)
por el cual se retira del servicio activo de la Armada Nacional a unos oficiales.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto 1211 de 1990, artículo 128 y previo concepto de la Junta Asesora del Ministerio de Defensa,
DECRETA:
Artículo 1°. De conformidad con lo establecido en el Decreto 1211 de 1990, artículos 128, 129 literal a), numeral 3 y 132, por “llamamiento a calificar servicios” y con la fecha en cada caso indicada retírase del servicio activo de la Armada Nacional en forma temporal con pase a la reserva, a los oficiales relacionados a continuación, así:
Con fecha nueve (9) de mayo de 2000
Coronel de Infantería de Marina Luis Gustavo Rojas González, 7400108, perteneciente a la Escuela Superior de Guerra.
Con fecha veinte (20) de mayo de 2000
Capitán de Fragata Cuerpo Administrativo (Psicólogo) Roberto Enrique Vera Ruiz, 8395556, perteneciente a la Escuela Naval de Cadetes “Almirante Padilla”.
Con fecha veinticinco (25) de mayo de 2000
Capitán de Corbeta Cuerpo Logístico (Administración) Jairo Salazar Medina, 8019819, perteneciente a la Brigada Fluvial de Infantería de Marina.
Con fecha primero (1° ) de junio DE 2000
Capitán de Infantería de Marina Jaime Alberto Henao Vivas, 8337506, perteneciente al Batallón de Fusileros de Infantería de Marina N° 8.
Parágrafo. Los oficiales citados en el presente artículo, continuarán dados de alta en la Contaduría Principal del Cuartel General del Comando de la Armada por tres (3) meses a partir de la fecha de retiro, para la formación del correspondiente expediente de prestaciones sociales, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1211 de 1990, artículo 164.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 8 de mayo de 2000
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Defensa Nacional,
Luis Fernando Ramírez Acuña.